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Impuestos emite norma para que transportistas se beneficien de tasa cero IVA

El operador de transporte deberá apersonarse al departamento de recaudación y empadronamiento Graco para la reasignación de la actividad en el Padrón Biométrico Digital.

Impuestos

Camiones que transportan mercadería de exportación. Foto: Archivo.

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Por Yuri Flores
La Paz / julio 4, 2024
en Economía y Empresa

El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) emitió la Resolución Normativa de Directorio 102400000015, de 2 de julio de 2024 para que operadores del transporte en general se beneficien del régimen de tasa cero en el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

A este efecto, el operador de transporte, sea empresa SRL, cooperativa, empresa unipersonal (incorporados), deberá apersonarse al departamento de recaudación y empadronamiento de la Gerencia Distrital o de Grandes Contribuyentes (Graco) de su jurisdicción, para la reasignación de la actividad de transporte de carga internacional en el Padrón Biométrico Digital.

Lea también: Ampliado del transporte pesado determina paro y bloqueo indefinido de carreteras

El titular del Número de Identificación Tributaria (NIT), representante legal o apoderado debidamente registrado en el Padrón Nacional de Contribuyentes deberá presentar la tarjeta de operación internacional vigente otorgada por el organismo nacional competente y la autorización para realizar operaciones en tránsito aduanero internacional, de acuerdo con la Ley 1990, de 28 de julio de 1999 y demás normas reglamentarias.

Posteriormente, solicitará, por primera vez, la dosificación de facturas manuales tasa cero sin derecho a crédito fiscal IVA, o la habilitación de la modalidad de facturación electrónica en línea tasa cero.

En el caso específico de la tarjeta de operación internacional, Impuestos Nacionales, mediante “interoperabilidad” (con el Viceministerio de Transporte, entidad competente para registrar y otorgar tarjetas de operación a los operadores de transporte terrestre), verificará los datos de los solicitantes, prestadores del servicio de transporte internacional de carga.

Estas y otras modificaciones introducidas por la mencionada RND son parte de los acuerdos alcanzados en diálogo entre el Gobierno nacional y representantes del transporte de carga nacional e internacional en reuniones que se llevaron a cabo en diferentes puntos del país.

Con la normativa tributaria, el operador de transporte de carga internacional se beneficiará con la facturación de tasa cero IVA. Por ello, la administración tributaria invita a los transportistas a asistir a las oficinas del SIN de 08.00 a 19.00 para realizar el cambio de actividad en el Padrón Biométrico y solicitar la autorización de facturación tasa cero.

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