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Conozca las observaciones del TSE a las cuatro preguntas de Arce para el referéndum

El miércoles pasado, el Gobierno envió su planteamiento al TSE, que se pronunció el viernes y remitió su informe técnico a la Presidencia.

Conozca las observaciones del TSE a las cuatro preguntas de Arce para el referéndum

El vicepresidente del TSE, Francisco Vargas, anuncia la decisión el viernes. Foto: APG

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Por Miguel Gómez
La Paz / agosto 24, 2024
en Nacional

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) observó las cuatro preguntas del referéndum que el presidente Luis Arce le remitió para su análisis. Ahora, el Gobierno realiza los ajustes y anunció que enviará la nueva propuesta directamente al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).

En su discurso del 6 de agosto, en Sucre, en los 199 años de la independencia del país, el mandatario anunció una consulta sobre tres temas clave: la subvención a la gasolina especial y el diésel, la reelección presidencial continua y discontinua, y los escaños parlamentarios.

Lea más: El TSE observa las cuatro preguntas del referéndum y pide otro tipo de consulta para los escaños

El miércoles pasado, el Gobierno envió su planteamiento al TSE, que se pronunció el viernes y remitió su informe técnico a la Presidencia, con una conclusión: en conjunto, las preguntas no cumplen con los criterios de precisión, claridad e imparcialidad, incluso una fue descartada.

¿Cuáles fueron las observaciones específicas a cada una de las interrogantes?

PRIMERA PREGUNTA. Reelección presidencial

¿Está usted de acuerdo en que la reelección establecida constitucionalmente por una sola vez de manera continua del Presidente y Vicepresidente del Estado, sea ampliada para incorporar la reelección de manera discontinua lo cual implicaría modificar la Constitución Política del Estado?

OBSERVACIÓN: “Solo cumple el criterio de imparcialidad y no cumple los criterios de claridad y precisión. Además de ello, al constituir la pregunta un supuesto que podría implicar la reforma parcial de la Constitución Política del Estado, se debe aclarar el texto de la pregunta con la referencia al referendo constitucional aprobatorio previsto en el parágrafo 11 del artículo 411 de la Constitución Política del Estado”.

SEGUNDA PREGUNTA. Subvención a la gasolina especial

¿Está usted de acuerdo con mantener la subvención a la gasolina especial, como actualmente se encuentra, pese al gran costo económico que significa para las bolivianas y bolivianos, y que al tener un precio mucho más bajo que el internacional se genera contrabando, daño económico al Estado, escasez de dólares y desabastecimiento de combustibles?

OBSERVACIÓN: “No cumple los criterios de claridad, precisión e imparcialidad, por lo que se sugiere una nueva redacción tomando en cuenta las observaciones que devienen del análisis técnico de esos tres criterios”.

TERCERA PREGUNTA. Subvención al diésel

¿Está usted de acuerdo con mantener la subvención al diésel, como actualmente se encuentra, pese al gran costo económico que significa para las bolivianas y bolivianos, y que al tener un precio mucho más bajo que el internacional se genera contrabando, daño económico al Estado, escasez de dólares y desabastecimiento de combustibles?

OBSERVACIÓN: “No cumple los criterios de claridad, precisión e imparcialidad, por lo que se sugiere una nueva redacción tomando en cuenta las observaciones que devienen del análisis técnico de esos tres criterios”.

CUARTA PREGUNTA. Escaños parlamentarios

¿Está usted de acuerdo con modificar el artículo 146 Numeral I de la Constitución Política del Estado para incrementar el número de 130 diputados para que ningún departamento pierda su actual representación y que los departamentos con mayor población reciban un mayor número de diputados en función al resultado del Censo de Población y Vivienda 2024?

OBSERVACIÓN: “Como se encuentra redactada la pregunta, no corresponde la realización de un referéndum por iniciativa presidencial, sino un referéndum constitucional aprobatorio convocado por iniciativa popular o a través de la Asamblea  Legislativa Plurinacional, de conformidad a lo previsto en el artículo 411, parágrafo II,  de la Constitución Política del Estado y el artículo 23 de la Ley del Régimen Electoral”.

Lea más: El Gobierno afirma que ajustará preguntas y que se retira la consulta sobre escaños

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