El abogado Nelson Cox indicó este miércoles que la única instancia que pude inhabilitar al expresidente y jefe del Movimiento Al Socialismo (MAS), Evo Morales, es el Tribunal Supremo Electoral (TES). Además, dijo que la Sentencia Constitucional 1010/2023 es un ensayo para engañar a la población.
“Vamos a ratificar nosotros, para que la población entienda con claridad, la única instancia que podría inhabilitar al expresidente y actual presidente del MAS-IPSP es solo el Tribunal Supremo Electoral”, puntualizó.
Con relación a la Sentencia Constitucional 1010/2023 del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), Cox indicó que esa sentencia busca engañar a la población e inducir que “se crea” que Evo Morales está inhabilitado.
Dijo que la sentencia 1010 es el “máximo fraude” debido a que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) en la opinión consultiva 028/21 “nunca dijo que debía regularse las elecciones discontinuas”. “La opinión consultiva fue por la relección indefinida y por consiguiente eso se lanzó”.
Auto complementario
“La sentencia 1010/2023 es el engaño que dejó Iván Lima para que la población crea que Evo está inhabilitado, como no han logrado engañar más de 11 meses, han sacado y urdido su último engaño, el auto complementario. Un auto (constitucional) que debería salir 48 horas después del fallo, sale después de un año. ¿Por qué? Porque no han logrado convencer a la población que está inhabilitado”, dijo el jurista.
El viernes, la Sala Cuarta del TCP emitió el Auto Constitucional 0083/2024 en el que ratifica la inhabilitación del líder cocalero y declara que el periodo de mandato de las autoridades electas de los órganos Ejecutivo, Legislativo y Judicial será “únicamente” por dos periodos, sean estos continuos o discontinuos, sin posibilidad de ampliarse a un tercer mandato.
Esto con el fin de “evitar de cualquier modo, la permanencia de un mandatario, en el caso de los Órganos Legislativo, Ejecutivo por más de 10 años en total; en el Judicial, por más de 12 años, y del Electoral, a uno solo sin posibilidad de reelección”.
Pero, además, complementa el fallo y extiende la prohibición “absoluta” del presidente de ingresar al mismo cargo, mediante las otras formas de acceso contenidas de los artículos 170 y 171 de la Constitución Política del Estado. “Ninguna autoridad electa que hubiera superado dos candidaturas anteriores, podrá candidatear y menos ejercer los cargos” vicepresidente o presidente de la Asamblea Legislativa, de presidente del Senado ni de Diputados
Aceptar
El presidente del TSE, Oscar Hassenteufel, adelantó que el Órgano Electoral acatará la Sentencia Constitucional 1010/2023 que establece que la reelección presidencial indefinida no existe y no es un derecho humano.
“Yo me quedo con la sentencia 1010 que efectivamente hay que acatar porque proviene de un tribunal legítimo”, dijo.
El equipo jurídico del MAS ratificó la habilitación de Morales para participar de las elecciones generales del 2025 y cuestionó los fallos de los magistrados “autoprorrogados”.







