El diputado de la facción evista del Movimiento Al Socialismo (MAS) Santos Mamani alegó la “discontinuidad” de la postulación para “validar” que el expresidente Evo Morales está habilitado para las elecciones nacionales de 2025.
En criterio del legislador cochabambino, si bien la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ratificó que la reelección indefinida en Bolivia no es un derecho humano, no especifica límites sobre la “discontinuidad”.
“La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH), mediante la Opinión Consultiva 28/2021, ha señalado que hay la reelección definida cuando existe reelección continua por más de dos periodos constitucionales; es decir que solo se admite una reelección continua, pero si existe discontinuidad de un periodo constitucional, no se aplica el concepto de reelección indefinida”, dijo este viernes en conferencia de prensa.
MAS
El evismo tiene un particular interés al defender esa postura, pues, en criterio del Gobierno y del bloque de oposición, Morales está “inhabilitado” para ser candidato en esos comicios.
“La reelección discontinua es plenamente compatible con la opinión consultiva. Quienes están afirmando que en el informe de rechazo se estaría prohibiendo la reelección discontinua, están operando de mala fe. El compañero Evo (Morales) está plenamente habilitado para postularse a las elecciones de 2025”, defendió Mamani.
El líder del MAS también se refirió a la ratificación de la CIDH. En una conferencia de prensa, el exmandatario ratificó su postulación y defendió su “habilitación”.
“Hemos sido habilitados, pese a ese informe. De la CIDH, son recomendaciones y sugerencias, no es para cumplir ese mandato. Condenan la elección indefinida, no la discontinua. El Gobierno es le que trata de tergiversar, como siempre”.
Asimismo, volvió a acusar al Gobierno de buscar su inhabilitación y dijo que el presidente Luis Arce y su administración “tergiversa” el contenido de ese documento.
Discontinuidad
La CIDH decidió no admitir un recurso de parte del exdefensor del Pueblo Waldo Albarracín, que denunció que le Sentencia Constitucional 084/2017, que “habilitó” a Morales para su segunda repostulación en 2019, violó los derechos de ciudadanos que en el referéndum de 2016 votaron por el No a la repostulación.
En su informe 121/2024, del 30 de agosto, la CIDH alegó que esa denuncia ya fue resuelta por la Sentencia Constitucional 1010/2023, que “dejó sin efecto” esa sentencia.
Además, el organismo independiente de la Organización de Estados Americanos (OEA) consideró que la prohibición de la reelección indefinida fue consignada en la opinión consultiva de la Corte-IDH.







