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Estructura de inversiones de los fondos de pensiones

Recientemente, me llamó la atención un artículo de opinión publicado en un medio escrito de circulación nacional, que al parecer tendría por objetivo causar alarma en los asegurados al Sistema Integral de Pensiones (SIP), haciendo referencia que los fondos de pensiones serían una especie de caja chica, fundamentándose en la actual composición de sus inversiones, […]

TRIBUNA
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Por Iván Quisbert Soria
TRIBUNA
La Paz / diciembre 27, 2022
en Sin categoría

Recientemente, me llamó la atención un artículo de opinión publicado en un medio escrito de circulación nacional, que al parecer tendría por objetivo causar alarma en los asegurados al Sistema Integral de Pensiones (SIP), haciendo referencia que los fondos de pensiones serían una especie de caja chica, fundamentándose en la actual composición de sus inversiones, pero evitando mencionar a gestiones anteriores a 2020, por lo que es necesario realizar ciertas aclaraciones.

El artículo equivocadamente compara breves periodos de tiempo sobre las inversiones que se realizan con los aportes de los trabajadores, como si el sistema de pensiones en Bolivia se hubiera iniciado en 2020 y solo existiría el Estado como el único emisor de valores a invertir; siendo que desde 1997, con la extinta Ley 1732, las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) ya tenían el marco legal para realizar inversiones con los recursos administrados.

Así, por ejemplo, a finales de la gestión 2005, la cartera de inversiones a cargo de las AFP estaba compuesta por un 76% en el sector estatal y 24% en el sector privado (11% en el financiero bancario, 10% en telecomunicaciones y 3% en otros). Para ese momento sí corresponde hablar de un término de “a manos llenas” sobre los aportes de los trabajadores, por lo que gobiernos de turno hasta ese entonces emitían bonos para disponer de recursos y destinarlos a sus gastos netamente operativos, sin priorizar la inversión pública en el país (carreteras, escuelas, ítems en salud/educación).

Si avanzamos un poco más adelante, por ejemplo a 2011, cuando ya se encontraba vigente la Ley 065 de Pensiones, la estructura de inversiones de los fondos de pensiones respondía a un 50% en el sector estatal y 50% en el sector privado (29% financiero bancario, 7% en financiero no bancario, 7% en telecomunicaciones, 4% en industrial y 3% en otros).

A dicha gestión, se logra advertir que las inversiones de las AFP en el Estado fueron disminuyendo (un 26% menos de participación), debido a que se iba consolidando el Modelo Económico Social Comunitario Productivo (MESCP) vigente desde 2006, el cual fortaleció la demanda interna, mediante la inversión pública, y destinó recursos a sectores estratégicos generadores de excedentes de la economía, para que sean distribuidos por el Estado a la población boliviana.

Por otra parte, cabe precisar que los valores que emite el Estado son ofertados de manera pública a varios inversores, como ser bancos, aseguradoras, fondos de inversión y, obviamente, las AFP, por lo que éstos pueden adquirir de forma voluntaria los valores que mejor consideren.

Subrayar que el Estado es uno de los actores en el mercado de valores más responsable con el pago de obligaciones y ofrece una rentabilidad mayor al promedio, por lo que no es de extrañar que las AFP (y en el futuro la Gestora Pública) inviertan en este sector, debido a que son las encargadas que los recursos de los trabajadores generen el mayor rendimiento en el mediano y largo plazo (20, 30, 50 años), con el fin de incrementar el capital del asegurado y poder financiar una pensión de jubilación.

A septiembre de 2022, las inversiones del SIP están compuestas en un 30% en el sector estatal y un 70% en el sector privado de la economía y lo que más llama la atención es que entre diciembre 2010 y septiembre 2022, las inversiones en el Estado crecieron en un 133% (un poco más del doble) y las inversiones en el ámbito privado aumentaron en un 603% (superior en siete veces), por lo que no existiría ninguna “caja chica” para el Gobierno, sino por el contrario, existe un mercado amplio de capital para que distintos sectores de la economía puedan fortalecerse con recursos del SIP y, paralelamente, se incrementen los fondos de pensiones con los rendimientos obtenidos.

Finalmente, para tranquilidad de los asegurados que formamos parte del SIP, existe el marco normativo vigente (Ley 065 de Pensiones, Ley 1834 de Mercado de Valores y disposiciones regulatorias), que evita la discrecionalidad en el manejo de los aportes y brindan seguridad a las inversiones que son efectuadas por las AFP y próximamente por la Gestora Pública.

Iván Quisbert Soria es auditor.

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