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Loza rechaza análisis de la Procuraduría sobre inhabilitación de Morales

Con el Análisis Especializado 04/2024, la Procuraduría General del Estado ratificó que la reelección no es un derecho humano.

loza_y_morales
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Por Daniel Zenteno
La Paz / mayo 21, 2024
en Nacional

Luego que la Procuraduría General del Estado ratificara que la reelección no es un derecho humano, Leonardo Loza, senador evista del Movimiento Al Socialismo (MAS), afirmó que no existe un documento en el que figure que Evo Morales está inhabilitado para las presidenciales de 2025.

“Es totalmente falso (la inhabilitación de Morales), no hay un documento expreso que nos diga que Evo Morales esté inhabilitado (…), en nuestro país no deciden fallos internacionales qué es lo que debemos hacer internamente”, indicó, en conferencia de prensa.

Convención Americana

Las declaraciones del senador van en sentido contrario a lo que expresó el procurador César Siles. Ratificó la postura que su entidad dio a conocer el lunes. En esa oportunidad, presentó y explicó el Análisis Especializado 04/2024, que enfatiza en que la reelección no es un derecho protegido por la Convención Americana.

Lea más en: La Procuraduría insiste en que la reelección indefinida no es un derecho humano

A través de la Opinión Consultiva 28/21, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) determinó que la reelección presidencial indefinida no es un derecho que pueda ser protegido. Concluye que la Corte tiene el deber “de evitar que una persona se perpetúe en el poder”.

De esta manera, la CIDH dio respuesta al polémico artículo 23 de la Convención Americana. Éste se reinterpretó como un reconocimiento del “derecho a la repostulación”.

Inclusive, a raíz de este artículo, Morales logró que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) emita la Sentencia Constitucional 084/2017, con la que fue a una tercera repostulación en 2019, contrariamente a los dos mandatos que establece la Constitución.

“Pueden sugerir, pueden plantear, pero no toman una decisión expresa”, criticó el legislador evista.

Sin embargo, la Procuraduría recalcó que Bolivia ratificó la Convención Americana, por lo que su cumplimiento es obligatorio.

Sentencia 1010/2023

“Yo no he visto ninguna sentencia, recalco, que pueda expresamente inhabilitarlo a Evo. Posiblemente alguna sentencia en la parte considerativa, en la parte declarativa. Pero no en la parte resolutiva y eso está de conocimiento”, respondió Loza, cuando le preguntaron sobre la Sentencia Constitucional 1010/23.

Efectivamente, dicha sentencia no falla expresamente sobre una inhabilitación a Morales, pese a que el Movimiento Al Socialismo (MAS) que respalda al presidente Luis Arce y la oposición lo hayan interpretado de esa manera.

La 1010/23 se trata de un fallo del TCP para que se realice una nueva convocatoria de candidatos a las elecciones judiciales. Sin embargo, el dictamen enfatiza, en su parte considerativa, que algunos magistrados no podían ser reelectos o continuar en sus funciones, porque la CIDH dictaminó que la reelección no es un derecho humano.

El lunes, la Procuraduría explicó que como el TCP emitió la sentencia 1010/23, eso la convierte en un “control de convencionalidad”, reconociendo lo establecido por la CIDH, por lo que su cumplimiento es obligatorio y vinculante, aunque se trate de otros actores y de otra materia.

Por ello, Siles consideró que la discusión en relación al tema de la repostulación de Morales “está cerrada”. Ante esas palabras, Loza pidió al procurador “proteger la democracia” y no opinar sobre Morales

en tendencia: CIDHEvo MoralesLeonardo Lozarepostulacion

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