Ayer por la tarde, finalmente el Gobierno se pronunció acerca de un informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que dispondría la obligación de que la administración de Luis Arce enjuicie al exmandatario Evo Morales. En un escueto comunicado, el Ministerio de Justicia señala que dicho informe está “en reserva”.
“Respecto al Informe Final de la CIDH, CASO 13.546 se informa que el mismo se encuentra bajo reserva y confidencialidad”, destaca el ministerio, añadiendo que por esto no emitirá mayor criterio o información: “Por lo que el Gobierno Nacional respetuoso del Pacto Interamericano de Derechos Humanos de San José de Costa Rica, no puede emitir ningún criterio ya que el mismo aún se encuentra en el marco de la reserva”.
En el comunicado ministerial, el despacho de Justicia además recuerda que el denominado caso Terrorismo-Separatismo fue cerrado durante el gobierno transitorio de Jeanine Áñez.
“En relación a distintas versiones referidas al proceso penal seguido por los delitos de Separatismo y Terrorismo en nuestro país, por acciones ocurridas el año 2009, es menester recordar que el mismo fue archivado arbitrariamente durante el gobierno de facto de Jeanine Añez”.
Justicia reconoce, además, que hay una denuncia en proceso en la CIDH: “Dichas acciones son objeto de tramitación ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por denuncia presentada por los entonces acusados del caso”.
CUIDADO.
También ayer la ministra de la Presidencia, María Nela Prada, al referirse al tema pidió a los medios y sectores políticos tener mucho cuidado al manejar esta información.
“Hasta donde yo tengo conocimiento, de manera preliminar, el Informe en ningún momento señala que se deba iniciar un juicio a nuestro hermano expresidente Evo Morales; entonces, creo que hay que ser bastante cuidadosos en el manejo de la información”, destacó Prada.
Si bien el ministerio de Justicia señaló la reserva del Informe Final 13.546, lo que sí es público es el Informe de Admisibilidad 6/18 Petición 1172-09, del 24 de febrero de 2018 Mario Francisco Tadic Astorga y otros, aprobado por la Comisión en su 167 periodo extraordinario de sesiones.
En su parte resolutiva, el Informe dice que la Comisión decidió: “1. Declarar admisible la presente petición en relación con los artículos 4, 5, 7, 8, 9, 11, 21, 24 y 25 en concordancia con el artículo 1.1 y 2 de la Convención Americana; y los artículos 1, 6 y 8 de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura; y, 2. Notificar a las partes la presente decisión; continuar con el análisis del fondo de la cuestión; y publicar esta decisión e incluirla en su Informe Anual a la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos”.







