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El asesinato de la Ley 348

La Ley 348 es emblemática, pues declara la violencia hacia las mujeres como un delito de orden público. ¿Por qué? Porque hay un sistema patriarcal que se ha encargado de educar a los hombres machistas y discriminadores de las mujeres.

CON LA PUNTA DE LA AGUJA1

Julieta Paredes Carvajal

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Por Julieta Paredes
CON LA PUNTA DE LA AGUJA
La Paz / mayo 14, 2023
en Voces

El Estado Plurinacional de Bolivia tiene, hasta la fecha, un armazón importante de leyes de protección de las mujeres; la razón radica en que se ha logrado una reflexión sustanciosa sobre los cuerpos de las mujeres, ellos fueron discriminados y oprimidos por ser mujeres, valga la redundancia. Tenemos dos leyes emblemáticas: la Ley 243 “contra la violencia política hacia las mujeres” y la Ley 348 “para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia”.

Yendo de lo general a lo particular podemos decir que el sentido histórico de la creación y desarrollo de las leyes, dentro de una sociedad y territorio, corresponde a las pugnas políticas de poder que en su seno se van a dar. Sin duda, el sistema —tanto las clases y sectores dominantes—, dentro de sus estrategias, tiene comprendidas las probables y potables modificaciones a las leyes, de manera que siempre se garantice sus privilegios y así no poner nunca en peligro la estructura de dominación.

La Ley 348 es emblemática, pues declara la violencia hacia las mujeres como un delito de orden público. ¿Por qué? Porque hay un sistema patriarcal que se ha encargado de educar a los hombres machistas y discriminadores de las mujeres. A través de la escuela, la religión, la cultura, la familia, los medios de comunicación, se ha construido históricamente la supuesta superioridad de los hombres respeto de las mujeres. Educar decíamos, pero también podemos decir condicionar, inficionar, presionar para que los hombres controlen y ejerzan violencia hacia las mujeres. Se considera como natural y normal que las mujeres sean entendidas como seres y cuerpos inferiores a los hombres y por eso deban servirles sexualmente, afectivamente, económicamente, social y políticamente.

Por todo eso decimos que la violencia que ejercen tanto las instituciones del Estado como los hombres sobre las mujeres, es un delito de orden público.

Las prácticas judiciales al operar esta ley son de lo más desastrosas. Será necesario, con este ejemplo de la 348, analizar y ubicar el percorrer de las leyes y cómo —social y políticamente— se les quita el carácter de justicia, para convertirlas en meros procedimientos judiciales arbitrarios y manipulables. Entonces ya no será más un instrumento de reeducación, reparación y creación de cultura no violenta en la sociedad, perdiéndose la oportunidad de construir leyes que sirvan a los pueblos.

Hoy la 348 es perforada cotidianamente en su objetivo principal: demostrar que hacia las mujeres hay una violencia estructural del Estado y de los hombres, y eso debe ser solucionado en el orden de delito público. Hoy, irónicamente, son las mujeres que son puestas en el banquillo del acusado por la 348, rompiendo con todas las luchas, los logros y claridades obtenidas. Si hay mujeres corruptas, violentas, asesinas o genocidas, pues tenemos otras leyes, tenemos el Código Penal, tenemos la Constitución, etc. Pero no pues la 348, esa es una ley para garantizar a todas las mujeres una vida libre de violencia.

en tendencia: BoliviaLey 348

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