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Proyecto de ley plantea subir hasta ocho años de cárcel el encubrimiento de delitos sexuales

El Ministro de Justicia explicó que otro detalle importante de la propuesta es que este tipo de crímenes ya no prescriban. El proyecto de norma fue puesto a consideración de la Asamblea Legislativa.

Proyecto de ley plantea subir hasta ocho años de cárcel el encubrimiento de delitos sexuales

Con la norma se busca garantizar justicia para los niños y adolescentes víctimas de delitos sexuales. Foto: La Razón.

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Por Aylin Peñaranda
La Paz / mayo 15, 2023
en Sociedad

Mayores sanciones e imprescriptibilidad son dos de los aspectos fundamentales del proyecto de Ley de Lucha Contra la Impunidad en Delitos Sexuales contra Infantes, Niñas, Niños y Adolescentes que trabaja el Gobierno y que pretende subir hasta ocho años de cárcel la pena por el encubrimiento de estos crímenes.

“El encubrimiento es un delito y lo que estamos haciendo en el proyecto es modificar el Código Penal ampliando las sanciones que se tenían de seis meses hasta dos años, para pasar de cuatro a ocho años para este tipo de delitos”, explicó el ministro de Justicia, Iván Lima, según una nota institucional.

Lea también: Jesuitas apoyan conformación de una ‘comisión de la verdad’ por casos de pederastia

El proyecto normativo busca la mejora de los mecanismos para garantizar justicia para los niños y adolescentes víctimas de estos vejámenes. Lima enfatizó que una manera de cumplir este objetivo es evitar que un caso de estas características prescriba.

«Este tipo de delitos como la violación a niños, ya no van a ser prescriptibles; todos estos temas que tienen que ver con la violencia hacia mujeres, niñas, niños y adolescentes, cuentan con legislación internacional (…). La regla en el mundo y la recomendación internacional es que estos crímenes no queden nunca en la impunidad”.

DELITOS SEXUALES

Lima aseguró que el detalle de este proyecto protege contra las posibilidades de prescripción; por ejemplo, como suele suceder al vencerse los tres años de plazo para la investigación. Además, se explicó que el tiempo extingue la potestad que tiene el Estado de investigar o perseguir a una persona acusada o sentenciada por un delito que establece tres, cinco y ocho años para computar la extinción de un caso dependiendo de la gravedad del delito, en todos los casos que no son imprescriptibles.

Con esta norma se busca evitar que se recurra a esto para evitar que se haga justicia. “En este caso (proyecto de ley) se está declarando que los delitos sexuales contra infantes, niñas, niños y adolescentes son imprescriptibles; es el término que hemos utilizado en el artículo 2 del proyecto de ley; por tanto, la regla de imprescriptibilidad protege la investigación de todos estos hechos”.

Además, se establece la conformación de una Comisión de la Verdad que, además de conocer los casos, podrá realizar propuestas relacionadas a las políticas públicas.

LEY

“El derecho de esclarecimiento va a ser imprescriptible e inalienable; y se está estableciendo que ese derecho a la verdad tiene reglas para aplicar en la vía penal y por la vía de la Comisión de la Verdad para el establecimiento del daño causado y la reparación a la víctima”.

El proyecto fue puesto a consideración de los legisladores nacionales para su análisis y eventual aprobación. “La ley está en este momento presentada por el presidente (Luis) Arce ante la Asamblea Legislativa y esperamos que pueda considerarla a la brevedad posible, para darle seguridad y justicia a las víctimas de estos graves hechos”, afirmó el ministro.

La necesidad de modificar las normas en cuanto a delitos sexuales contra menores de edad fue reclamada con mayor urgencia tras conocerse una serie de abusos sexuales cometidos entre las décadas de los 60 y 90 por el sacerdote jesuita español Alfonso Pedrajas; quien admitió los vejámenes en su diario, en su paso por centros educativos de Bolivia, Perú y Ecuador.

en tendencia: Delitos Sexuales

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