El director general de Derecho Internacional del Ministerio de Justicia, Sydney Morales, confirmó este miércoles que la opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH), sobre si la reelección indefinida es un derecho humano, no tendrá un carácter vinculante.
“Es muy arriesgado adelantarse a lo que diga la Corte, pero en ambos casos, ya sea que la Corte lo acepte o lo rechace (si la reelección indefinida es un derecho humano), el valor que va a tener la opinión consultiva no es vinculante, es decir, no es obligatorio; entonces, ningún Estado parte está obligado a seguir el mismo criterio de esta opinión consultiva”, dijo Morales en una entrevista con La Razón Radio.

Sin embargo, remarcó que, aunque no sea vinculante, “habría que reconocerle el efecto jurídico pleno”. Por tanto, “lo que quiero decir es que al final de cuentas, sea positivo o negativo, esta opinión consultiva va a servir para que jueces domésticos de los Estados parte de la Organización de los Estados Americanos (OEA) la consideren a la hora de tomar sus fallos”.
Recordó que no se tratará de una sentencia, sino “simplemente de una opinión”, porque en este caso la Corte está en su función o competencia consultiva.
“Entonces, es una opinión que es desde luego merecedora de mucho respeto y reconocimiento al ser emitida por la Corte y (su consideración) mucho va a depender de los parámetros que utilicen los tribunales constitucionales en su control de convencionalidad”, ratificó.
El 18 de octubre de 2019 Colombia presentó la opinión consultiva a la Corte-IDH sobre la figura de la reelección presidencial indefinida y en las últimas horas se conoció que su decisión actualmente se encuentra en un proceso de “edición final” y cuando finalice ese procedimiento se notificará a todos los Estados miembros de la OEA.
Colombia preguntó a la Corte si la reelección presidencial indefinida es un derecho humano protegido por la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Si resultan contrarias al Artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, las regulaciones que limitan o prohíben la reelección presidencial, ya sea por restringir los derechos políticos del gobernante que busca ser reelegido o por restringir los derechos políticos de los votantes.
O, por el contrario, si es la limitación o prohibición de la reelección presidencial una restricción de los derechos políticos que resulta acorde a los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad, de conformidad con la jurisprudencia de la Corte lnteramericana de Derechos Humanos en la materia.
Entretanto, en Bolivia, principalmente entre los sectores de la oposición, generó una gran expectativa la resolución que emitirá la Corte-IDH porque en 2019 el entonces presidente Evo Morales logró volver a postularse a las elecciones gracias a una sentencia constitucional que alegó, precisamente, que era su “derecho humano” volver a candidatear pese a que el resultado de un referéndum y la propia Constitución se lo impedían.
Sydney Morales afirmó que hasta la siguiente semana se puede tener la decisión de la Corte-IDH.







