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La Asociación de surtidores se declara en emergencia por el decreto que controla la venta de combustibles

Argumenta que pone en riesgo las inversiones privadas y los expone a ser intervenidos y expulsados. La ANH anunció que atenderá las observaciones planteadas.

petróleo

Un vehículo carga combustible en una estación de servicio Foto: Archivo

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Por Erika Ibáñez
La Paz / abril 26, 2023
en Economía

La Asociación Nacional de Comercializadores Privados de Hidrocarburos (Asosur) se declaró en estado de emergencia contra el decreto 4910 que establece controles en la venta de combustibles. Los propietarios de surtidores argumentan que la norma pone en riesgo las inversiones privadas. Además, los expone a ser intervenidos y expulsados de sus instalaciones.

Mediante un comunicado, aseguran que apoyan la lucha contra el contrabando de combustible; sin embargo, no aceptan “obligaciones y responsabilidades propias del ente regulador y las autoridades”.

“Nos declaramos en estado de emergencia ante la promulgación del decreto 4910 y las resoluciones administrativas que lo reglamentan; toda vez que ponen en riesgo nuestras inversiones, exponiéndonos al peligro de ser intervenidos y ser expulsados de nuestras propias instalaciones. Lo cual vulnera nuestros derechos protegidos por la Constitución Política del Estado en su artículo 308; violando el derecho al debido proceso; otorgando estas facultades ilegales a una autoridad administrativa”, dice la nota.

Asimismo, el comunicado insta a las autoridades a revisar esta norma y socializarla con los sectores afectados.

Lea más: ANH y Asosur reglamentarán el control de venta de combustibles y aplicación de GPS

Combustibles

El 13 de abril, el Gobierno lanzó la Política de Control y Lucha Contra el Contrabando de Combustibles, con el objetivo de evitar la fuga de carburantes.

El director ejecutivo de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), Germán Jiménez, informó que los decretos 4910 y 4911, tienen la finalidad de fortalecer los mecanismos de regulación; control, supervisión y fiscalización en la comercialización de combustibles por lo que la venta de carburante será hasta los 120 litros por mes.

El artículo tres del Decreto 4910 establece que la Dirección General de Sustancias Controladas emitirá autorizaciones de compra local y hoja de ruta a personas naturales y jurídicas; para la adquisición y el transporte de gasolinas o diésel, en volúmenes mayores a los 120 litros hasta 5.000 litros de manera mensual. Que son comercializados desde estaciones de servicio de combustibles autorizadas por la ANH.

Tras el reclamo de la Asosur, la ANH anunció que atenderá las observaciones al decreto.

en tendencia: combustiblesContrabandosurtidores

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