El Tribunal Constitucional español dictaminó que no hay más nación que España y que los Estatutos de Autonomía de las diversas comunidades regionales son normas subordinadas a la Carta Magna española.
La sentencia completa del Tribunal Constitucional sobre diversos aspectos del Estatuto de autogobierno de Cataluña que fueron recurridos por el Partido Popular (PP), el principal de la oposición en España, se hizo pública ayer.
El Tribunal Constitucional afirma que la Constitución «no conoce otra nación que la española» y sostiene que los Estatutos de Autonomía de los que se han dotado las regiones no pueden fijar las normas del Estado y están supeditados a la Carta Magna, que no admite igual o superior, y a la que, por tanto, están jerárquicamente sometidos en todos los órdenes.
Los fundamentos jurídicos de la resolución justifican la falta de eficacia jurídica de las referencias a «Cataluña como nación» y sostienen que «la ciudadanía catalana no es sino una especie del género ciudadanía española».
El tribunal justifica la anulación de muchos de los artículos referidos a la Justicia porque el Estatuto catalán incurre en un «evidente exceso» al crear un Consejo de Justicia de Cataluña.






