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El 80 por ciento de los inmuebles del Estado no tiene derecho propietario

Durante la gestión pasada se declararon 55.866 bienes. Las propiedades inmuebles eran 24.762; vehículos 17.126; maquinaria y equipo 13.251; predios alquilados 727

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Por La Razón
/ noviembre 29, 2010
en Nacional

Ocho de cada 10 inmuebles del Estado no tienen derecho propietario perfeccionado, según el Servicio Nacional de Patrimonio del Estado (Senape). Además, hasta la gestión 2005, sólo uno de cada tres vehículos de entidades públicas  tenía sus papeles en orden.

Así lo confirma Hans Mejía Vera, director ejecutivo del Senape. «Preliminarmente tenemos datos que nos refieren que el 80 por ciento de los inmuebles de las entidades públicas no tiene derecho propietario perfeccionado». Esto significa que no existe un folio real que acredite la situación  legal de estos predios.

Durante la presente gestión, el Senape elabora un diagnóstico sobre los bienes públicos. Además, «se proyecta una política para mejorar la administración de los inmuebles».

El Senape, que fue creado en el año 1997 (y relanzado el 2005), tiene la misión de registrar, fiscalizar y certificar los bienes de patrimonio del Estado Plurinacional, según la Memoria Institucional de la gestión 2009.

Según Mejía, la gestión de Evo Morales heredó un «Estado desordenado y con una falta de visión para defender el patrimonio del país. Ahora buscamos tener información sobre los bienes estatales para generar políticas de defensa del patrimonio del Estado».

Este vacío legal en el que está sumida la mayoría de las instituciones, empero, no es responsabilidad exclusiva de los anteriores gobernantes. «Los actuales administrativos, técnicos de archivos y principalmente las máximas autoridades de las entidades públicas son responsables por no poner en orden los papeles».

Vehículos. El Senape no sólo se encarga de los bienes inmuebles estatales; también hace un recuento del parque automotor. En septiembre del año pasado hizo un informe sobre el registro de los vehículos del 2005. Del estudio se devela que sólo un tercio del parque automotor de las entidades públicas tenía derecho propietario perfeccionado. En otras palabras, 7.777 vehículos no tenían sus documentos al día. El total de motorizados era de 11.538.

Además, se determinó que el 28 por ciento del parque automotor de las entidades públicas estaba en malas condiciones y sin uso; es decir, 3.182 vehículos.

Aumento. Para poner orden el aspecto legal, el Senape instauró, hace más de un lustro, la declaración jurada de bienes. Así, el número de bienes declarados el 2009 alcanza a un total de 55.866. Éstos se hallan clasificados en los siguientes rubros: bienes inmuebles 24.762; vehículos 17.126; maquinaria y equipo 13.251; inmuebles alquilados 727. El informe 2009 del Senape reseña que en comparación con 2008 hubo un aumento del 57 por ciento.

Mejía también explica que la declaración jurada de bienes no es sinónimo de tener los documentos al día; sino que sólo se da cuenta del derecho propietario.

Esta declaración de bienes ha ido en aumento durante los últimos años. El 2007, el 33 por ciento cumplió con este requisito legal; un año después el 85 por ciento hizo este trabajo. Durante el 2009, el 91 por ciento cumplió con la declaración jurada de bienes.

Las entidades que respetaron la norma (es decir, el 91 por ciento) fueron 469; mientras que 67 no cumplieron con la medida.
Para esta gestión, el Servicio Nacional de Propiedades del Estado busca que el 100 por ciento de las instituciones públicas cumpla con la declaración jurada de bienes. Además, se busca generar políticas que permitan revertir la falta de documentación de los predios del Estado.

Declaración jurada de bienes

El artículo 15 del Decreto Supremo 28565, del 22 de diciembre del 2005, establece que las máximas autoridades ejecutivas y los principales responsables del área administrativa deberán remitir al Servicio Nacional de Patrimonio del Estado el formulario de inscripción general de  los bienes del Estado bajo su administración, ya sea en propiedad, alquiler, posesión, comodato o en depósito, en forma de Declaración Jurada, en medio impreso y magnético. Se debe listar los bienes inmuebles, vehículos, maquinaria y equipos que cuenten o no con el derecho propietario perfeccionado, debiendo también aclarar si se encuentra en arrendamiento.

en tendencia: Derecho

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