Las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) tendrán que asumir las deudas por aportes laborales de aquellas empresas que hayan entrado en bancarrota y que no puedan pagar las mismas. El Ejecutivo asegura que ambas gestoras privadas no efectúan «un trabajo adecuado».
Así lo informó el ministro de Economía y Finanzas Públicas, Luis Arce Catacora, antes de la promulgación de la nueva Ley de Pensiones, en acto que se realizó ayer en la sede sindical de la Central Obrera Boliviana (COB). Consultado respecto de la entidad que se haría responsable de las deudas por aportes laborales de aquellas empresas en quiebra, Arce respondió: «las AFP (Futuro y Previsión)».
Recordó también que la Ley obligará a las dos administradoras a concluir con todos los procesos judiciales iniciados para recuperar la deuda contraída por los empleadores con el Fondo de Capitalización Individual (FCI).
Desde 1997, ambas gestoras se hicieron cargo de la gestión de los fondos de pensiones de los trabajadores y de realizar los juicios coactivos a los empleadores que no depositaron los aportes laborales al FCI.
El 3 de noviembre, el viceministro de Pensiones, Mario Guillén, advirtió que el Gobierno podría ejecutar las boletas de garantía presentadas por las AFP, si se determina que las mismas cometieron negligencia o errores procesales para el cobro de la mora.
Las AFP «tienen que cobrar esa deuda, por eso se les pagaba, para que tengan las cuentas (individuales) al día», pero el hecho de que exista una mora por aportes «es una muestra más del porqué las AFP tienen que irse, porque no han cumplido adecuadamente (con) todo su trabajo», afirmó el Ministro de Economía.
Al 10 de octubre del 2010, el patrimonio del FCI llega a Bs 36.697,6 millones ($us 5.195,4 millones). De esta cifra, los aportes en mora representan el 1,5% ($us 73,1 millones), según datos de la Autoridad de Pensiones.
Según Arce, en tanto dure la transición del FCI a la próxima Gestora Pública (máximo un año), ambas AFP seguirán realizando las jubilaciones de los trabajadores y percibiendo una comisión mensual del 0,5% sobre el ingreso cotizable o total ganado por la gestión de cada cuenta individual.
«Se les va a pagar (a las AFP) lo que corresponde a su trabajo, nada más. En la medida en que los aportes vayan pasando a la Gestora, ellos van a tener una menor cantidad de fondos de aportantes que administrar y, por lo tanto, sus ingresos se irán reduciendo paulatinamente», sostuvo. Desde enero, «se empezará a aplicar las nuevas alícuotas y aportes», agregó.
Por su parte, la ministra de Trabajo, Empleo y Previsión Social, Carmen Trujillo, anunció que desde inicios del siguiente mes se iniciarán inspecciones a las empresas públicas y privadas «para garantizar el cumplimiento de la nueva Ley de Pensiones».
Edad para jubilarse baja 2 veces
La derogada Ley de Pensiones 1732 establecía que la edad mínima de jubilación era de 65 años, pero el Decreto 29423 del 16 de enero del 2008 la redujo a 60. La recién promulgada nueva Ley de Pensiones establece que la edad mínima de jubilación es de 58 años, con excepción de los trabajadores mineros que pueden jubilarse a los 56 años.
En 14 años, antigua ley jubiló a 36.000 trabajadores
De enero a marzo del 2011, cerca de 40.000 empleados se jubilarán bajo las nuevas condiciones que ofrece la nueva Ley de Pensiones. Tras 14 años de vigencia, la antigua ley sólo alcanzó a jubilar a aproximadamente 36.000 trabajadores.
Así lo informó el ministro de Economía, Luis Arce, a tiempo de recordar que actualmente 1,5 millones de personas tienen una cuenta individual en el sistema de pensiones. El reducido número de personas que alcanzó a jubilar la antigua norma sectorial se debe a «las bajas pensiones pagadas a los trabajadores que, a jubilarse, preferían seguir trabajando», expresó. Con la próxima jubilación de unos 40.000 trabajadores se abrirán nuevas fuentes de empleo, dijo.
Ley sanciona a empleados y patrones
En caso de presentar declaraciones falsas para acceder a una prestación de jubilación, tanto empleados como empleadores podrán ser procesados bajo el Código Penal vigente y sancionados con penas de privación de libertad. En un acto que fue calificado como «histórico», el presidente Evo Morales promulgó ayer, en la sede sindical de la Central Obrera Boliviana (COB), la «consensuada» nueva Ley de Pensiones.
La norma, en su artículo 117, incorpora modificaciones al Código Penal, incluyendo delitos como la apropiación indebida de aportes, declaraciones falsas, información médica o declaración (falsa) y uso indebido de recursos. El ministro de Economía, Luis Arce Catacora, explicó que de cometer «(el delito de) declaraciones falsas, tanto el empleador como el empleado serán sancionados».
El incorporado Artículo 345 del Código Penal establece que el que presentare, por acción u omisión, declaraciones juradas o documentación falsas, simulare un estado de invalidez falso «para acceder a una prestación, pensión o beneficio del Sistema Integral de Pensiones, incurrirá en privación de libertad de tres a cinco años y multa de sesenta a doscientos días».
La aprobación de la norma se dio en medio de movilizaciones de protesta por parte del magisterio urbano de La Paz y las observaciones por parte del sector empresarial por la sostenibilidad y «falta de consenso» de la misma.
