La parte conclusiva del documento señala: «disponer el pago de haberes al accionante (Marcelo Vásquez Villamor) a cargo del presupuesto del Gobierno Municipal de El Alto». «Y de conformidad a lo dispuesto por el artículo 113.II de la Constitución Política del Estado, se debe interponer la acción de repetición contra los responsables de la violación de los derechos fundamentales».
La acción de repetición determina que la entidad estatal que sufrió un daño económico, en este caso la Alcaldía de El Alto como efecto de la devolución de los salarios no percibidos por Vásquez Villamor, debe procesar a quienes provocaron esa merma financiera, es decir en contra de ocho ex concejales, para recuperar el dinero que tendrá que desembolsar al ex concejal del ex Plan Progreso (PP).
Según el abogado de Vásquez Villamor, Ednar Paco, la Alcaldía tiene que cancelar a su defendido 420.000 bolivianos por los salarios que dejó de percibir luego de ser expulsado.
El ex concejal de PP fue obligado a firmar su renuncia el 2007 en medio de la presión de las juntas vecinales. Según la denuncia del afectado, el 15 de noviembre del 2007, «individuos presuntamente dedicados a la actividad dirigencial se encontraban al interior de la Federación de Juntas Vecinales (Fejuve) de El Alto, donde lo obligaron a firmar 3 ó 4 documentos redactados por esos sujetos referido a la renuncia irrevocable a su cargo de Concejal, labrado en papel corriente».
La denuncia continúa: «Gustavo Adolfo Morales viabilizó con los otros miembros de la comisión la consideración del documento nulo, emitiendo la resolución municipal 563/2007 de 15 de noviembre, por el que se acepta la renuncia irrevocable, que no debía se considerado por el Concejo, porque conocía de los hechos ocurridos».
Según la sentencia los concejales que deben ser procesados son: Efraín Severo Argani, Roberto de la Cruz, Enrique Ricaldi, Gustavo Adolfo Morales, Antonia Rodríguez, María Luz Uraquini, Marín Apaza y Sara Laura Arnés. La determinación del Tribunal Constitucional es de conocimiento del Concejo Municipal, pero hasta el momento se excusó de dar curso a las determinaciones.
Verónica Méndez, presidenta la comisión jurídica del legislativo municipal alteño, aseguró que el municipio no puede efectuar ninguna acción legal, por el momento, ya que la notificación que llegó del Tribunal menciona los nombres de las anteriores autoridades. «Mientras no llegue algo a nombre de los actuales concejales no se puede tomar ninguna determinación, y vamos a esperar lo que sucede en este tema para tomar cartas en el asunto». Sin embargo, la sentencia hace mención al Gobierno Municipal de El Alto, es decir a la institución y no a personas.
El Ejecutivo tampoco atiende la determinación del Tribunal con el argumento de que la desconoce. La asesora jurídica del Ejecutivo, Magdalena Alanoca, aseguró que no existe ningún fallo del Tribunal que especifique el monto que se debe pagar.
«No hay ninguna determinación oficial, ¿de dónde sale esa aseveración?, si la autoridad que firma es competente la Alcaldía va a revisar el fallo y asumirá sus responsabilidades, en tanto no se puede emitir ningún juicio de valor», enfatizó la autoridad.
El Tribunal y sus decisiones
El Tribunal Constitucional dio la razón a la defensa de Vásquez Villamor, respecto a que este ex concejal sufrió atentado a sus derechos de seguridad jurídica, a la defensa, al trabajo y al debido proceso. El Tribunal revocó el fallo del Juez Primero de Partido y Sentencia de El Alto.






