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EL GOBIERNO INICIA LA RETIRADA DE LA CONVENCIÓN DE VIENA

Ley. Diputados aprobó Denuncia para defender el acullico de coca

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Por La Razón
/ junio 23, 2011
en Nacional

El ministro de Relaciones Exteriores, David Choquehuanca, justificó la norma aduciendo que no se puede prohibir el masticado de la hoja de coca y que la Constitución la protege.

El Gobierno remitió al Legislativo el proyecto de ley en abril de este año, luego de que en febrero, 17 de 192 países miembros de la ONU rechazaran enmendar el artículo 49 numerales 1 inciso c) y 2 inciso e) del convenio de 1961 que incluye entre los estupefacientes a la coca e insta a eliminar su masticado en un plazo de 25 años.

«Es importante realizar esta denuncia para que nuestro pueblo siga practicando su cultura; oposición y oficialismo han dicho que respetan la Constitución y apoyan esta práctica ancestral cultural, por lo tanto, no le queda otro camino a nuestro Parlamento que aprobar esta denuncia para que el pueblo pueda seguir acullicando», dijo el canciller Choquehuanca.

Éste asistió a la sesión de la Cámara Baja para explicar las razones de la denuncia al Convenio de Viena de 1961. Tras más de tres horas de debate, el proyecto de ley fue aprobado y pasó a la Cámara de Senadores.

La disposición novena de la Constitución aprobada el 2009 establece que Bolivia puede denunciar los tratados internacionales que sean contrarios a la Carta Magna. Y el artículo 384 de ese cuerpo legal señala que el Estado protege a la coca como patrimonio cultural y que en su estado natural no es estupefaciente.

En enero de este año, Choquehuanca inició un lobby internacional por países de Europa para explicar la posición de Bolivia sobre la enmienda presentada por el presidente Evo Morales al Convenio de 1961.

César Guedes, representante de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (ONUDD), antes de conocer la aprobación del proyecto en Diputados, adelantó que denunciar la Convención es dejar de ser parte de la misma y para que un Estado parte lo haga, tiene que presentar su demanda antes del 1 de julio del año en curso o a más tardar ese mismo día.

«Esa demanda se recibe, pasan seis meses y recién el país queda liberado de las responsabilidades inherentes a la Convención el 1 de enero del año siguiente», explicó.

Para la oposición, la decisión del Gobierno es una mala señal y traerá consecuencias para el país. Mauricio Muñoz, diputado por Convergencia, sostuvo que si bien el acullico es sagrado, la coca destinada al narcotráfico debería ser erradicada. «¿Qué puede pensar la comunidad internacional? Pensarán que Bolivia se está queriendo convertir en un país de libre narcotráfico», aseguró.

Su colega de Unidad Nacional, Jaime Navarro, dijo que se trata de un hecho «tremendamente» negativo que afecta la imagen del país. «Es como aceptar que ya no nos interesa el tráfico ilícito de estupefacientes», dijo.

El presidente de la Cámara de Diputados, Héctor Arce, sostuvo que esa ley «no debe inquietar a nadie» porque la denuncia señala que el país se retira de ese tratado, pero no impide que el país, por propia decisión, siga cumpliendo las determinaciones de lucha contra el narcotráfico y el control de estupefacientes.

Acullico en la mesa de discusión

El representante de la ONUDD, César Guedes, manifestó que la comunidad internacional no va a abandonar a Bolivia en este tema y está seguro de que la acción boliviana trata de poner en la mesa de discusión un tema que     le es «sincera y netamente cultural».

Bolivia pide modificación desde 2009

En julio del 2009, el Gobierno inició ante la ONU el proceso para lograr la modificación de los incisos c y e del artículo 49 de la Convención Única sobre Estupefacientes de 1961, enmendada en 1972, que se refieren a que la masticación de la hoja de coca, el tradicional acullico, debería quedar prohibida después de 25 años de la entrada en vigor del documento. Ese plazo venció el 2001. El trámite para lograr la modificación no prosperó debido a la objeción de 17 países, aunque la demanda boliviana tuvo apoyo de cuatro estados.

El artículo en cuestión señala: «1. Al firmar, ratificar o adherirse a la Convención, toda parte podrá reservarse el derecho de autorizar temporalmente en cualquiera de sus territorios: a) El uso del opio con fines casi médicos; b) El uso del opio para fumar; c) La masticación de la hoja de coca; d) El uso de la cannabis, de la resina de cannabis, de extractos y tinturas de cannabis con fines no médicos; y e) La producción, fabricación y comercio de estupefacientes mencionados en los apartados a) a d) para los fines en ellos especificados».

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