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Funcionarios que conduzcan ebrios serán destituidos

Funcionarios públicos que sean sorprendidos conduciendo un vehículo oficial en estado de embriaguez, en horarios de oficina, serán destituidos del cargo, según establece la Ley 259 de Control al Expendio y Consumo de Bebidas.

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Por Williams Farfán
La Paz / julio 18, 2012
en Nacional

La sanción está estipulada en el artículo 34 de la norma. Ésa y otras sanciones pretenden frenar el nivel creciente de casos de accidentes automovilísticos, delitos y violencia intrafamiliar provocados por el consumo excesivo de alcohol.

El parágrafo 1 del acápite 34, referido a “Sanciones a conductores en estado de embriaguez”, establece que “toda persona que conduzca vehículos automotores públicos o privados en estado de embriaguez con un grado alcohólico superior al permitido, en la reglamentación expresa, será sancionada, la primera vez, con la inhabilitación temporal de un (1) año de su licencia de conducir y la aplicación de medidas correctivas y socioeducativas”, señala un comunicado del Ministerio de Gobierno.

El parágrafo 2 de ese artículo determina que “en caso de reincidencia, con la suspensión definitiva de su licencia de conducir, y si la misma fuese cometida por un servidor público, en horarios de oficina y/o en vehículos oficiales, la sanción se agravará con la destitución del cargo impuesta por la autoridad competente”.

La ley, que consta de 38 artículos, fue sancionada el 29 de junio por la Cámara de Diputados y remitida al Ejecutivo para su promulgación. Su objetivo es reducir la inseguridad ciudadana y los delitos asociados a la venta y consumo de alcohol.

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