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Romero: Ley de Extinción de Dominio se activa con una imputación formal del juez



El ministro de Gobierno, Carlos Romero, explicó ayer que el proyecto de ley no afecta el patrimonio de la población, sino de los grandes delincuentes que son procesados penalmente

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Por Juan René Castellón
La Paz / noviembre 3, 2012
en Nacional

El ministro de Gobierno, Carlos Romero, aclaró ayer que el proyecto de Ley de Extinción de Dominio se activa con una acusación formal emitida por un juez a requerimiento fiscal y no a simple denuncia. De esta manera, precisó que la norma tiene la finalidad de perseguir y acabar con el patrimonio de los grandes contrabandistas y narcotraficantes, pero no de la población ni de terceros que hayan intervenido de buena fe.

Esta declaración fue emitida en el programa de mediodía, Diálogo en Panamericana. “Si soy supuesto narcotráfico tendrá que pesar sobre mí una denuncia. El Ministerio Público tendrá que colectar indicios, pruebas preconstituidas, el Fiscal tendrá que requerir a la autoridad que se me impute con base en un análisis de prueba. Deberá acusarme formalmente de haber incurrido en un delito de narcotráfico, solo así se activa el procedimiento. No hay forma de que sea abusivo. El procedimiento de extinción de dominio está subordinado a la decisión de un juez  en materia penal, a requerimiento de un fiscal sobre la imputación de uno de esos cuatro delitos”, explicó Romero.

Los ilícitos que serán perseguidos por la nueva norma se refieren a: contrabando, narcotráfico, corrupción, retardación de justicia, entre otros, según el proyecto difundido por el Ministerio de Justicia.

Esta norma despertó una serie de críticas en sentido de que con ella se afectaba el patrimonio de las personas. “Acción y extinción de dominio afecta a un bien cuyo derecho propietario no ha sido perfeccionado, y sabe por qué, porque es un bien mal habido, no hay la forma de perfeccionar, sino recurriendo a figuras ficticias, a lavado de dinero, legitimación de ganancias ilícitas, que la experiencia nos dice que son recursos del narcotráfico y contrabando”, retrucó la autoridad.

Romero explicó, también, que sí existe la inversión de la prueba en el proyecto de ley, es decir que el presunto delincuente debe demostrar la licitud de los bienes que intervinieron en el acto ilegal perseguido y no el Estado, porque se trata de “grandes delincuentes, que tiene poder económico no sólo para comprar 80 casas, sino para comprar jueces y fiscales”. Añadió que el objetivo es afectar el patrimonio de los delincuentes para evitar que el ilícito se reproduzca.

La Asamblea Legislativa modificó el plazo para que el acusado demuestre la licitud de sus bienes, que ahora será de 10 y 15 días. Romero añadió que el monto a ser perseguido, establecido en 70.000 bolivianos en el proyecto de ley, también será modificado.

 

en tendencia: dominioExtinciónImputacionLeyRomero

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