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Gobierno pone en vigencia ley que despenaliza la huelga y garantiza el fuero sindical

Antes de la aprobación de la nueva ley los dirigentes sindicales corrían el riesgo de ser enjuiciados y encarcelados por alentar medidas de presión en defensa de los intereses de sus bases

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Por Mariana Pérez
La Paz / diciembre 11, 2012
en Sociedad

El presidente Evo Morales promulgó hoy en Palacio de Gobierno la ley que despenaliza la huelga y garantiza el fuero de los dirigentes sindicales, que en el pasado corrían el riesgo de ser juzgados y condenados hasta con tres años de cárcel si el Ministerio de Trabajo declaraba ilegal la huelga o el paro de actividades.

La nueva normativa,  producto de un trabajo conjunto entre los dirigentes de la Central Obrera Boliviana (COB) y las autoridades de los ministerios de Trabajo y de Justicia, modificó el artículo 232 y derogó el artículo 234 del Código Penal, pero además establece la primacía de los ajustes aprobados en los procesos en curso.

En el artículo 232 fue incorporado el siguiente texto: “Estará exenta de responsabilidad la o el dirigente o la persona que dentro de un conflicto laboral en el que exista relación obrero-patronal y en el ejercicio del derecho a la huelga ingrese pacíficamente a establecimientos industriales, agrícolas o mineros en defensa de los intereses laborales y conquistas sociales”.

Con ello se despenaliza la huelga, ya que en la redacción original –que se mantiene- no existía esa aclaración: “El que con el fin de impedir o entorpecer el desarrollo normal del trabajo o de la producción, invadiere u ocupare establecimientos industriales, agrícolas o mineros, o causare daños en las máquinas, provisiones, aparatos o instrumentos en ellos existentes, será sancionado con privación de libertad de uno a ocho años”.

Mientras tanto el artículo 234 fue abrogado con lo que se garantiza el fuero sindical, ya que hasta hoy los dirigentes corrían el riesgo de ser juzgado y encarcelados por su labor.

El mencionado articulado refería: ‘Lock-out, huelgas y paros ilegales’. “El que promoviere el lock-out, huelga o paro declarados ilegales por las autoridades del trabajo, será sancionado con privación de libertad de uno a tres años y multa de cien a trescientos días”.

El dirigente de la COB, Juan Carlos Trujillo, destacó la norma legal aprobada. “En el pasado hicieron normas para castigar a los trabajadores, hemos sido víctimas muchos (…) los asambleístas han buscado cómo despenalizar», sostuvo.

Morales remitió el 18 de julio a la Asamblea Legislativa, para su tratamiento y aprobación, el proyecto de ley a favor de los trabajadores. En ese entonces reprochó la vigencia de “normas del Código Banzer», es decir las aprobadas en la dictadura del extinto Hugo Banzer.

Los dirigentes eran trasladados “en ambulancia acusados de subversivos, de rojos, de comunistas, sólo por defender el derecho de los trabajadores”, recordó el Presidente.

También convocó a los trabajadores a acelerar consensos para la aprobación de las leyes de Minería y Forestal.

 

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