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Tribunal Constitucional declara inconstitucional la suspensión de autoridades electas a sola acusación formal

La resolución, leída en el programa Todo a Pulmón de Cadena A, deja sin efecto al menos cuatro artículos de la Ley Marco de Autonomías.

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Por Mariana Pérez
La Paz / febrero 6, 2013
en Nacional

El Tribunal Constitucional declaró hoy como ‘inconstitucional’ la suspensión temporal de las autoridades electas que dejan el cargo por una acusación formal. La resolución, leída en el programa Todo a Pulmón de Cadena A, deja sin efecto al menos cuatro artículos de la Ley Marco de Autonomías.

“Declarar la inconstitucionalidad de los artículos 144, 145, 146 y 147 de la Ley Marco de Autonomías y la frase contenida en la primera parte del parágrafo segundo del artículo 128 . 11 referida: la máxima autoridad ejecutiva será suspendida temporalmente de sus funciones si se hubiera dictado una acusación formal en su contra que disponga su procesamiento penal. Esto por ser contrario, dice el Tribunal, a los artículos 26.1, 116.1 y 117.1 de la CPE y 23.2 de la Convención Americana de los Derechos Humanos”, se leyó en el programa televisivo.

En septiembre de 2012, el Tribunal Constitucional recibió el recurso de inconstitucionalidad presentado contra los artículos 144 y 145 de la ley de Autonomías que viabilizan la suspensión de autoridades de los niveles departamentales y municipales. El recurso fue presentado en julio de ese año por el diputado opositor Tomás Monasterios.

A causa de ambos artículos, que especifican el procedimiento de la suspensión, fueron suspendidos los gobernadores Ernesto Suárez y Mario Cossío, de Beni y Tarija respectivamente, acusados por hechos de corrupción.

en tendencia: autoridadesconstitucionalinconstitucionalsuspensiónTribunal

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