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El 95% de millonarios bolivianos ya se registraron para pagar el Impuesto a las Grandes Fortunas

La multa por no registrarse o declarar un monto menor al patrimonio será sancionado con una multa del 200% del tributo omitido.

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Por Miguel Lazcano
La Paz / marzo 31, 2021
en Economía

Hasta las 12.00 de este miércoles, 142 (95%) de 150 personas que tienen un patrimonio neto superior a los Bs 30 millones ya se inscribieron ante el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) para pagar el Impuesto a las Grandes Fortunas (IGF). El plazo para registrarse vence hoy, indefectiblemente.

Con los datos preliminares hasta media jornada, el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas espera superar la meta de recaudación estimada en Bs 104 millones para la presente gestión, informó el viceministro de Política Tributaria, Jhonny Morales Coronel, en entrevista con la Red ATB.

El funcionario explicó que el dato de las 150 personas es una estimación que se la hizo el año pasado sobre la base de la información disponible hasta ese momento, pero que ese número puede subir e inclusive superar los cálculos preliminares.

El Gobierno aprobó el 30 de diciembre de 2020 el Decreto Supremo 4436 que reglamenta la Ley 1357 de creación del Impuesto a las Grandes Fortunas. La disposición legal establece que los millonarios en Bolivia deben declarar y pagar ese tributo hasta el 31 de marzo y los residentes en el exterior hasta el 30 de abril.

Precisamente sobre este último punto, el viceministro Morales se mostró confiado en que la meta de recaudación superará los Bs 104 millones. “Lo importante es que aún tenemos el mes de abril, donde todavía vamos a seguir registrando y recibiendo el pago de impuestos para aquellos contribuyentes pasivos que sean categorizados como no residentes y tengan patrimonios en Bolivia. Estamos todavía a la expectativa de este monto”.

Para la aplicación de este impuesto, el decreto establece que son residentes las personas nacionales o extranjeras que permanezcan en Bolivia por más 183 días, en forma continua o discontinua, en un periodo de 12 meses.

También estipula que la fortuna de las personas naturales está comprendida, “de manera enunciativa y no limitativa, por los bienes inmuebles, bienes muebles, bienes suntuarios, activos financieros, derechos, dinero y todo otro bien material o inmaterial con valor económico, de los cuales sea titular o esté en posesión de ellos”.

Por ejemplo, para bienes inmuebles la tasación será determinada por su valor de mercado, valor de adquisición actualizado conforme a la Unidad de Fomento de Vivienda (UFV) o el valor establecido para el pago del impuesto que grava la propiedad de bien. Y para los situados en el exterior, se utilizará el valor admitido por el país donde se encuentre ubicado el bien o el valor de mercado que resulte mayor.

Los depósitos en cuenta corriente o de ahorro, a la vista o a plazo en una entidad financiera autorizada por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (Asfi) o entidades financieras situadas en el exterior, así como las acreencias de cualquier naturaleza, se computarán por el saldo registrado a la fecha de la declaración.

Se valorará también el dinero en efectivo en moneda nacional y/o extranjera en la cantidad poseída por el sujeto pasivo al día de la declaración.

Las joyas, objetos de arte y antigüedades serán apreciadas por el valor declarado para el seguro, junto al valor de adquisición actualizado.

El Viceministro de Política Tributaria adelantó que desde mañana, 1 de abril, Impuestos Nacionales empezará con las acciones de verificación, liquidación e investigación de las fortunas por encima de los Bs 30 millones que no hayan sido declaradas.

El presidente ejecutivo del SIN, Mario Cazón, informó el martes que en caso de incumplimiento se aplicará una sanción del 200%, lo que quiere decir que una persona con un patrimonio de Bs 40 millones, cuyo pago impositivo es de Bs 410.000, deberá cancelar Bs 1.230.000, tomando en cuenta que la sanción será de Bs 820.000. (31/03/2021)

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