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Abogados, en emergencia contra ley que los regulará

Rechazo. El Colegio de Abogados de La Paz cuestiona la matriculación libre y el control de sus aranceles

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Por Elisa Medrano
La Paz / julio 2, 2013
en Nacional

El Colegio de Abogados de La Paz se declaró en estado de emergencia porque asegura que, a través de la Ley del Ejercicio de la Abogacía, el Ministerio de Justicia ejercerá una hegemonía sobre esta profesión, lo que llevará a la extinción de su organización.

Al respecto, el senador Adolfo Mendoza (MAS) afirmó que la observación de ese cuerpo colegiado no tiene asidero y que, por el contrario, lo único que pretende es proseguir con el cobro de dinero y con la conformación de roscas que interfieran en la administración de justicia y la política, entre otros.

El presidente del Colegio de Abogados de La Paz, Raúl Jiménez, explicó que, según el proyecto de ley, será tuición del Ministerio de Justicia el registro y matriculación de los profesionales de esta área y no así de los colegios de abogados, como es actualmente, lo que atenta a la libertad de filiación.

Esa disposición está contenida en el punto 2 del artículo 6 del proyecto de Ley del Ejercicio de la Abogacía y se refrenda en el parágrafo III del artículo 13 de esa misma propuesta, que fue aprobada por el Senado el 25 de junio y cuyo tratamiento en el plenario de la Cámara de Diputados está en agenda para esta semana.

El senador Mendoza sostuvo que, por definición constitucional, la tuición del registro la debe tener el Estado, a través del Ministerio de Justicia. Precisó que en la matriculación existe libertad de asociación, porque el profesional podrá hacerla en ese despacho o ante el Colegio de Abogados.

Sin embargo, la normativa establece que las sociedades civiles, como los entes colegiados, previamente deberán cumplir requisitos para que el Ministerio de Justicia otorgue esa inscripción.

Refiriéndose a ese punto, Jiménez aseguró que “hay un aspecto totalitario (del Gobierno) que absorbe”. “Están en la facultad de fiscalizar nuestros actos, pero no de darnos permiso para entrar en nuestra casa”, enfatizó.

Mendoza consideró que la pelea de fondo, respecto a la matriculación, está en el hecho de que los cuerpos colegiados quieren mantener los cobros a los profesionales para obtener su credencial. Cuestionó que esas entidades hayan cobrado ingentes cantidades de dinero a los nuevos profesionales, pero no hayan rendido cuentas de ello.

“En el fondo no defienden ni a registro ni matriculación, defienden la existencia de instancias que antes incidían en la política, en los jueces, en el Ministerio Público, a partir de una actuación de los colegios de profesionales”, declaró el asambleísta.

Rechazo. Empero Jiménez indicó que “con esta ley nos están dando el cordón para que nos coloquemos en el cuello y que, de un tiempo a esta parte, nosotros mismos nos eliminemos por falta de fondos y de recursos”.

Además del registro y la inscripción, observó el jurista, otra de las observaciones está referida a que el Ministerio de Justicia fijará los aranceles, lo que, en su criterio, es peligroso, porque terminará por liquidar a los abogados que ejercen la libre profesión.

“Si nosotros permitimos esta potestad que pueda adquirir el Estado nacional, estamos dando una apertura para que el Gobierno comience a fiscalizar a la COB y a todas las organizaciones de tipo gremial, profesional”, manifestó el jurista.

Otro tema observado es el referido a que los colegios de abogados están prohibidos de realizar actividades religiosas. Al respecto, Mendoza aclaró que en cualquier trabajo profesional no puede haber preferencia religiosa, lo que no atenta a que una persona profese la religión que vea conveniente.

El representante de los abogados advirtió que de no haber respuesta a sus observaciones, se movilizarán e, incluso, protagonizarán huelgas de brazos caídos. Apeló a la conciencia de sus colegas profesionales para defender a este cuerpo colegiado.

Observaciones

Artículo 6

“2. Matriculación en el Ministerio de Justicia”.

Artículo 13

“III. El Registro Público y la matriculación de abogados estarán a cargo del Ministerio de Justicia, de acuerdo a reglamento”.

Artículo 16

“3. Los miembros de los directorios, en representación del Colegio Nacional o de los Colegios Departamentales de Abogadas y Abogados, no podrán realizar actividades político-partidarias o religiosas, siendo pasibles a sanción por infracción gravísima a la ética”.

Artículo 28

“El Ministerio de Justicia, mediante resolución ministerial, aprobará cada dos años el arancel de honorarios profesionales de la abogacía para cada departamento”.

en tendencia: EmergenciaLeyREGULARA

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