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Proyecto de Ley de Empresa Pública fija 4 años de cárcel para funcionarios y ejecutivos que revelen ‘información privilegiada’

El proyecto de ley fue aprobado en la Cámara de Diputados y pasó para su consideración al Senado. La iniciativa también establece para esas empresas el régimen laboral de la Ley General del Trabajo y la obligación de crear un fondo con utilidades para cubrir pérdidas

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Por Carlos Corz
La Paz / diciembre 4, 2013
en Economía

Los funcionarios y ejecutivos de las empresas públicas que usen de forma indebida ‘información privilegiada’ serán condenados a penas de uno a cuatro años de cárcel, según establece la ley de la Empresa Pública, que también prevé que la constitución de un fondo mínimo con 5% de utilidades para eventuales pérdidas e incorporar el régimen de la ley General del Trabajo.

La ley fue aprobada en la Cámara de Diputados y fue remitida al Senado para su aprobación. La iniciativa legal, que reconoce a 23 empresas estatales y a 20 con participación mayoritaria estatal, establece el régimen de las empresas públicas del nivel central del Estado que comprende a empresas estatales, estatales mixtas, mixtas e intergubernamentales.

La décima disposición de la iniciativa legal incorpora modificaciones en el Código Penal e incorpora una condena de uno a cuatro años de cárcel para los empleados que utilicen, divulguen, transmitan o dispongan de ‘información privilegiada’ para beneficio personal o para terceros. La sanción también alcanza a las máximas instancias que dispongan para beneficio personal o de terceros del ‘Know-How’ (conocimiento).

Parte de la disposición con el título de ‘Uso Indebido de Información Privilegiada’ establece: “El que en virtud de su cargo, empleo, posición o responsabilidad, teniendo acceso o conociendo información privilegiada, utilice, divulgue, transmita o disponga de la misma para lograr beneficios, directa o indirectamente, para sí o para un tercero, será sancionado con privación de libertad de uno (1) a cuatro (4) años”.

El proyecto, difundido por la cuenta de twitter de la Cámara de Diputados, también refiere, entre otros aspectos, en su artículo 47, que el régimen laboral de las empresas públicas estará sujeta a la Ley General del Trabajo, bajo la consideración de servicios públicos. El parágrafo VI de ese artículo sostiene que el 15% de la planilla podrá ser de personal extranjero.

El artículo 31 de Reserva Legal norma la constitución de una reserva equivalente a un mínimo de 5% de las utilidades líquidas y efectivas hasta alcanzar el capital pagado para cubrir eventuales pérdidas. “En caso de que las pérdidas no sean cubiertas con la reserva legal, las utilidades no podrán ser distribuidas debiendo utilizarse esto recursos para cubrir las mismas”, prevé parte del artículo.

Entre las empresas que adoptarán la tipología de empresa estatal están Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), Empresa Nacional de Electricidad (ENDE), Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL), Empresa Siderúrgica del Mutún, Agencia Boliviana Espacial (ABE), Empresa Boliviana de Industrialización de Hidrocarburos (EBIH), Empresa Estatal de Televisión, Corporación de las Fuerzas Armadas para el Desarrollo (Cofadena) y Transporte Aéreo Militar (TAB).

Las empresas con participación pública mayor al 70% y menor al 100% son 20, entre ellas Empresa Nacional de Telecomunicaciones (ENTEL), YPFB Transporte S.A., Empresa Eléctrica Corani, Compañía Eléctrica Central Bulo Bulo S.A., Distribuidora de Electricidad La Paz, Air PB Bolivia S.A., DATACOM S.R.L., y Empresa Guaracachi.

La norma será considerada en el Senado y de ser aprobada sin ninguna modificación pasará al Ejecutivo para su promulgación y vigencia.

en tendencia: EmpresaFuncionariosLeyProyecto

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