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Fisco anuncia procesos penales contra dirigentes y magistrados

Decisión. El SIN cuestiona que se haya dejado sin efecto las clausuras definitivas

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Por Jimena Paredes
La Paz / enero 22, 2014
en Sociedad

El SIN iniciará procesos penales contra dirigentes de los comerciantes que anunciaron demandas pidiendo un resarcimiento económico por el cierre de sus negocios. También se estudia el inicio de juicios a cuatro magistrados del TCP que declararon ilegal dos disposiciones de la Ley 317.

El presidente del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), Erik Ariñez, fue quien anunció ayer en conferencia de prensa la realización de esos procesos. “El señor (Francisco Figueroa) también declara que va a iniciar procesos contra la administración tributaria, por supuesto nosotros estamos dispuestos a recibir eso (y) nosotros vamos a contestar de la misma manera. Es más, estamos pensando de manera muy seria iniciar (también) procesos penales contra este tipo de magistrados”, señaló Ariñez.

El 20 de diciembre de 2013, el secretario Ejecutivo de la Confederación de Gremiales de Bolivia, Francisco Figueroa, anunció el inicio de  una demanda legal contra Impuestos por el cierre de sus negocios.

Fallo. El 17 de enero, cuatro de los seis magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) declararon la inconstitucionalidad de las disposiciones adicionales quinta y sexta de la Ley 317 del Presupuesto General del Estado (PGE) 2013.

La disposición quinta de esa norma autorizaba la clausura inmediata por la no emisión de notas fiscales, pero además el cierre definitivo de negocios que reincidieron en esta acción por quinta oportunidad.

“Como administración tributaria controlamos la reincidencia de no emisión de facturas, si digamos pasa de la cuarta reincidencia, y llega a la quinta, se había incluido en una ley (317) que ya se iba a clausurar definitivamente”, explicó Ariñez.

La disposición sexta de la norma indica que “el que de manera directa o indirecta, comercialice, coadyuve o adquiera facturas, notas fiscales o documentos equivalentes sin haberse realizado el hecho generador gravado, será sancionado con pena privativa de libertad de dos a seis años”.

Según el fallo, los cuatro magistrados del TCP que aprobaron la sentencia de inconstitucionalidad de esas dos disposiciones son: Soraida Rosario Chánez Chire, Mirtha Camacho Quiroga, Ligia Mónica Velásquez Castaños y Efren Choque Capuma, mientras que Ruddy José Flores Monterrey y Neldy Virgina Andrade Martínez tuvieron un voto disidente.

Asimismo, la sentencia exhorta al órgano Legislativo a que en el plazo de seis meses establezca el procedimiento de clausura, y que entre tanto se aplique el artículo 168 del Código Tributario Boliviano para estos casos.

La presidenta de la Confederación de Microempresarios y Comerciantes del Régimen General, Martha Gómez, explicó ayer a La Razón que fue su sector el que presentó el recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, y no así los gremiales. “Nosotros fuimos notificados el viernes con el fallo porque somos los que aportamos (…). Esta norma estaba estrangulando al que trabaja legalmente en el país”, señaló la dirigente de ese sector, tras explicar que hasta los delincuentes tienen derecho a ser oídos y previa sentencia ejecutoriada recién ser condenados.

En 2013 se clausuraron de manera definitiva diez negocios, declaró el presidente del SIN, y este año continuarán con las clausuras por 48 días.

Cartas y número de infracción

Copias

Los comerciantes enviaron ayer la copia de la sentencia del TCP al vicepresidente Álvaro García y al ministro de Economía y Finanzas Públicas, Luis Arce, pero además una nota adjunta donde se ponen a disposición del Legislativo y el Órgano Ejecutivo para elaborar leyes tributarias.

Clausuras

Según el SIN, en la primera infracción el contribuyente será sancionado con 6 días de clausura, por la segunda 12 días, por la tercera 24 días y la cuarta vez 48 días. La quinta es el cierre definitivo por reincidencia.

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