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Gobierno excluye al Ministerio de Desarrollo Rural de la regulación de contrataciones en tres programas

La administración del presidente Evo Morales aprobó el decreto 1939 que señala que el Ministerio queda exento de aplicar las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios en la selección, contratación y suscripción de servicios financieros en los programas de frutas, hortalizas y de rumiantes menores y pesca

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Por Carlos Corz
La Paz / marzo 24, 2014
en Economía

El Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras fue excluido de la obligación de cumplir con la regulación de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios para la  selección, contratación y suscripción de contratos financieros en la puesta en marcha de los programas de frutas, hortalizas y de rumiantes menores y pesca.

La decisión está contenida en el decreto 1939 aprobado el 19 de marzo y que reglamenta la ley de creación de los programas Nacional de Frutas, de Producción de Hortalizas y de Rumiantes Menores y Pesca con el objetivo de garantizar la seguridad alimentaria, apoyar, principalmente, a los pequeños productores y establecer mecanismos de financiamiento.

El decreto establece en el artículo 7 la excepción. “Para la selección, contratación y suscripción de contratos de servicios financieros, el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras queda exento de la aplicación del Decreto Supremo N° 0181, de 28 de junio de 2009, Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios, para lo cual el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, elaborará un procedimiento de contratación que será aprobado mediante Resolución Ministerial”, refiere parte de la norma.

El Sistema de Administración de Bienes y Servicios es el conjunto de normas de carácter jurídico, técnico y administrativo que regula la contratación de bienes y servicios, el manejo y la disposición de bienes de las entidades públicas, fija el decreto de junio de 2009.

El parágrafo II del artículo 7 señala que para contrataciones mayores a los 20.000 bolivianos, previa suscripción del contrato, el Ministerio deberá solicitar el Certificado de Registro Único de Proveedores del Estado (RUPE). En tanto que el parágrafo III fija que firmado el contrato este debe ser registrado en el Sistema de Contratación Estatal (SICOES), si el monto es superior a los 20.000 bolivianos, e informar a la Contraloría del Estado.

La norma precisa que en el programa de Frutas estará focalizado a fortalecer la producción primaria, post-cosecha y comercialización, organización y gestión administrativa empresarial y apoyar en servicios financieros; mientras que en lo relativo a hortalizas prioriza el respaldo a la producción e infraestructura productiva, investigación e innovación tecnológica, capacitación y asistencia técnica, y servicios financieros.

El programa de Rumiantes Menores estará centrado en el mejoramiento genético, manejo de praderas nativas, infraestructura productiva y servicios financieros. En lo relativo a pesca se apoyará en infraestructura y equipamiento, producción de material genético y alimentos, capacitación y asistencia técnico, además de servicios financieros.

en tendencia: contratacionesdesarrolloGobiernoMinisteriorural

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