La viceministra de Política Tributaria, Susana Ríos, informó ayer que el proyecto de ley que modifica el Código Tributario establece que los contribuyentes que no emitan facturas podrán acogerse al “arrepentimiento eficaz” (admitir la falta) para evitar la clausura de sus negocios en la primera y segunda vez que sean sorprendidos cometiendo la infracción.
Explicó que entre la tercera y quinta vez, según la propuesta, el contribuyente infractor podrá acogerse al “arrepentimiento eficaz” solo para reducir a la mitad el tiempo de clausura de sus negocios. “Tiene la posibilidad de irse al arrepentimiento eficaz y puede cambiar esta primera vez. La tercera vez ya no puede cambiar, pero si se acoge al arrepentimiento eficaz se le aplicará la mitad del tiempo de clausura”, indicó en entrevista con Bolivisión.
Ayer, la Asamblea Legislativa suspendió indefinidamente el debate y análisis del proyecto de ley que modifica el actual Código Tributario, para evitar la politización de esa norma y ante la movilización de gremiales. La viceministra mencionó que el proyecto de ley establece también que la Autoridad de Impugnación Tributaria (AIT) convocará al fisco para que justifique con pruebas la sanción de clausura.
