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El Gobierno da luz verde a la exportación de líquidos y crudo

Limitación. Kerosén, diésel y jet fuel no pueden ser comercializados

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Por Miguel Lazcano
La Paz / septiembre 10, 2014
en Economía

El Consejo de Ministros aprobó el 3 de este mes el Decreto Supremo 2103 que autoriza la exportación de petróleo crudo y líquidos (excepto kerosén, jet fuel y diésel) producidos en las plantas separadoras de líquidos de Río Grande y Gran Chaco, además de los provenientes de campos.

La disposición legal indica que la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) otorgará los permisos de exportación de hidrocarburos líquidos, previo cumplimiento de algunos requisitos como la copia del contrato de compraventa o acuerdo de comercialización o carta oferta de venta de hidrocarburos suscrito con la empresa compradora e información sobre el precio del producto y modalidad de transporte a utilizarse.

Productos. Los hidrocarburos líquidos que requieren autorización expresa para su exportación son gasolina natural, gas licuado de petróleo (GLP), gasolina automotor, gasolina de aviación (Avgas), gasolina blanca (Nafta) y crudo reconstituido (Recon).

También pueden ser comercializados aceites y grasas automotrices e industriales terminados, entre otros productos, se lee en la normativa. Los productos que no pueden ser exportados son aquellos de destilación de refinerías (componentes requeridos para la producción de kerosén, jet fuel y diésel oil), así como los productos terminados comerciales (los detallados líneas arriba).

Tampoco se pueden comercializar al exterior hidrocarburos líquidos obtenidos de la mezcla de aceite de origen vegetal con diésel oil (biodiésel), se indica en la disposición legal.
Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) importa actualmente la mitad del diésel oil que se consume en el país. Santa Cruz es la región que demanda más este carburante.

La Razón informó el 4 de septiembre que la ANH otorgará permisos de exportación de nuevos productos hidrocarburíferos producidos en las plantas separadoras de líquidos de Río Grande y Gran Chaco, además de los provenientes de campos (petróleo crudo y condensados).

A través de un comunicado, la entidad indicó que se trata de una nueva normativa aprobada por el Gobierno, que reemplaza al Decreto Supremo 28176, del 19 de mayo de 2005.

Requisitos para los interesados

Producto

“Solicitud escrita de exportación de hidrocarburos líquidos, dirigido al Director Ejecutivo de la ANH, especificando  el hidrocarburo a exportar”.

Estatal

“Conformidad de exportación emitida por YPFB, cuando corresponda”.

Calidad

“Especificaciones de calidad del producto a exportarse, y para el caso de gasolina blanca, gasolina blanca estabilizada y Recon deberán incluir densidad, destilación y tensión de vapor de Reíd”.

en tendencia: CrudoGobiernoliquidosVerde

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