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Centros verificarán casos de embarazo para el aborto legal

Salud. La interrupción se aprobará cuando haya violación, estupro o riesgo de vida

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Por Wilma Pérez
La Paz / febrero 22, 2014
en Sociedad

Los servicios de salud del país se encargarán de comprobar, tras la denuncia ante la Fiscalía, si la existencia de un embarazo pone en peligro la salud de la madre o fue causa de estupro o violación, para efectuar el aborto legal, según establece una norma.

“Que la víctima declare la existencia del embarazo y esta circunstancia sea comprobada por el servicio de salud y solicite la interrupción voluntaria del embarazo ya sea por sí misma, o en caso de impedimento, por la persona a cuyo cuidado se encuentre, se realizará la interrupción del embarazo”, dice el protocolo de atención para casos de violencia sexual, elaborado por el Ministerio de Salud.

El Tomo I de Normas Nacionales de Atención Clínica, al que tuvo acceso La Razón, en su capítulo de Violencia Sexual especifica que para procurar el restablecimiento de la salud física y psicológica de la víctima y en cumplimiento a la Ley 348 (Ley Integral para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia) se excluye el requisito de autorización judicial.

El 13 de febrero, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) emitió una sentencia en la que ratifica el respeto a la vida desde la concepción y rechaza la despenalización del aborto en Bolivia. Asimismo, elimina la exigencia de un proceso penal y la orden judicial para la práctica legal.

Al respecto, la activista de los derechos sexuales de las mujeres Patricia Bráñez, especificó que la Ley 348 ya eliminó el permiso judicial para la práctica legal de un aborto en caso de que la salud de la madre corra riesgo o por un embarazo por violación o estupro.

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