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Nombre mal escrito impide que Bryan salga en libertad

Caso. El menor pasó algo más de un año en un penal de adultos

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Por Daymira Barriga
La Paz / abril 15, 2015
en Sociedad

Un error de los operadores de justicia retiene a Bryan David P.C., de 17, en la cárcel de San Pedro de La Paz. El 9 de abril, el Juzgado 1º de la Niñez y Adolescencia dispuso su libertad, pero el mandamiento no pudo ser ejecutado. La imputación, la orden de detención preventiva e incluso en el registro del penal se inscribió al sospechoso como “Brayan”.

“En atención al mandamiento (…) en el cual me ordena que ponga en libertad al adolescente Bryan David P.C.  (…) debo hacer conocer (…) que en el registro de ingresos el referido se encuentra registrado bajo el nombre de Brayan David”, respondió el director de esa penitenciaría, quien pidió que se subsane el yerro.

Hechos. El muchacho, que cumplió 17 años en esa prisión para adultos, permaneció un año y algo más de un mes en ese centro. Allí fue víctima de abusos físicos, psicológicos y hasta una tentativa de abuso sexual. “Ahí adentro le pegan y no puedo sacarlo hasta ahora porque me hacen rebotar los papeles de todo lado. Cuando ha entrado, los reos le han garroteado”, contó ayer su madre Guillermina C., quien en el año que tuvo que lidiar con la Justicia empeñó todos sus bienes para atender el proceso.

A la 01.00 del 10 de marzo de 2014, el adolescente, entonces de 16 años, se recogía con tres amigos —uno de su edad, otro de 17 y el mayor de 20 años— después de haberse divertido en una discoteca. Estaban “algo mareados”, dirían en el interrogatorio. En inmediaciones del colegio Holanda, agentes de la Policía les detuvieron y obligaron a subir a una camioneta de la fuerza pública.

En el trayecto, según consta en los expedientes —16027/2014 Juzgado 7º de Instrucción en lo Penal Cautelar y Caso Nº 046/2015 Juzgado 1º de la Niñez y Adolescencia—, los agentes arrestaron a Rolando Alberto P., de 25 años. El vehículo policial se dirigió hasta un lugar apartado de Pura Pura, donde les abandonaron, tras golpearles y quitarles celulares y billeteras, según testificaron.

No tenían dinero, así que los cuatro decidieron retornar caminando. El de 25 años se había ido por su cuenta, aunque lo encontraron más adelante, en la avenida Vásquez, y comenzó a caminar a su lado. Era las 01.30. Les pareció raro que llevara puesta otra chamarra.

En ese momento apareció una patrulla y los cinco fueron aprehendidos. Rusell M.M., de 24 años, denunció que le asaltaron, le quitaron dos celulares, $us 300 y 15 chips de Viva, pero como estaba ebrio no pudo precisar si eran cinco o uno los asaltantes, y tampoco los reconoció. Rolando Alberto P. declaró que no conocía a los muchachos y que encontró la prenda de vestir en la calle. Él estaba en posesión de todos los bienes robados, según hizo constar el investigador que atendió el caso.

El 11 de marzo, un fiscal imputó a los cinco por robo agravado —los amigos de Bryan y él mismo tenían antecedentes policiales y eso pesó en contra— y solicitó su detención preventiva. Como el Centro de Rehabilitación de Calahuma “estaba lleno”, el juez 7º de Instrucción Penal, Yván Cordova, los envió a San Pedro, recordó Guillermina C.

Sin embargo, por tratarse de tres menores de edad, debió declinar competencia y pasar el caso a los juzgados de la Niñez y Adolescencia, argumento usado por su defensa legal. Pese a que el Código Niña, Niño y Adolescente entonces vigente disponía que la detención preventiva de un menor infractor es una medida excepcional y que  “(…) en ningún caso se podrá imponer esta medida por más de 45 días, (Art. 233)”, Bryan David P.C. pasó un año y un mes en el penal.

Papeleo. Entre noviembre y abril, la defensa presentó diversos recursos en busca de la excepción de incompetencia del Juzgado 7º de Instrucción Penal Cautelar. A fines de 2014, tras la presentación de una acción de libertad, el Tribunal 4º de Sentencia la declaró procedente y ordenó que el Juzgado 7º remita obrados a los de la Niñez y Adolescencia.  Ayer el Tribunal 7º de Sentencia rechazó la tercera acción de libertad presentada por la defensa del menor —las otras dos fueron interpuestas a otras instancias— y dio 24 horas para que el nombre del adolescente sea corregido.

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