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2015 fue el año de la demanda marítima

Pase lo que pase luego, 2015 será recordado como el año en que Bolivia logró sentar a Chile, contra su expresa pero perdidosa voluntad, en un proceso judicial en el máximo tribunal de la humanidad. Eso ya es histórico.

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Por Iván Bustillos Zamorano
La Paz / diciembre 28, 2015
en Animal Político

Por lo menos en la agenda de Animal Político, 2015 puede considerarse el año de la demanda marítima, por el hecho de que, en lo pertinente, mostró su, si vale, calibre, alcance y calado jurídico e histórico.  Ciertamente al margen de lo que vaya a suceder en los siguientes meses o años, si se gana o no la causa, o cómo se gane o pierda, lo hecho hasta aquí ya es histórico: a regañadientes, obligado, está sentado Chile en un proceso instalado por Bolivia; el país, como se sabe, logró derrotar en la primera batalla, la de la competencia de la Corte Internacional de Justicia (CIJ). Con todo, aquí, antes que el festejo, lo primero, parece, es afinar el argumento boliviano en las relativamente nuevas condiciones que creó el fallo de la Corte declarándose competente, pero con sus, se puede decir, ‘observaciones’.

Como en años anteriores, el tema marítimo ha sido el más recurrente en el suplemento: de 52 entregas, al menos 24, en tapa o interiores, ha sido la principal reflexión.

Claro, fue el año de la demanda porque en mayo, del 4 al 8, Bolivia y Chile fueron llamados a presentar sus alegatos orales sobre la objeción preliminar presentada por Chile, que pedía que la CIJ se declare incompetente para tratar el requerimiento boliviano. Era lo que los expertos llamaban el ‘mini-juicio’, el juicio sobre la competencia del juez, dejando por el momento al margen la cuestión de fondo, aunque —como se vio luego— algunos temas de fondo empezaron a rozarse, especialmente desde el lado chileno. Su argumento central era que la demanda boliviana indirecta o ‘encubiertamente’ trataba de modificar el Tratado de Paz y Amistad de 1904; del lado de Bolivia, como dijo el agente ante la CIJ, el expresidente Eduardo Rodríguez Veltzé, en la presentación de los alegatos: “Sencillamente lo que pide Bolivia, como se manifiesta en su solicitud, es que Chile cumpla su obligación, respete sus promesas, su acuerdo de negociar un acceso con soberanía al mar, un acuerdo independiente al Tratado de 1904”.

La exposición oral de los alegatos de mayo fue precedida por la presentación de los respectivos documentos escritos; allí se conoció que la objeción chilena, con argumentos y anexos, llegaba nada menos que a 1.108 páginas distribuidas en tres tomos; en tanto que la respuesta boliviana a dicho alegato estaba en un documento de 34 páginas…

Concluido el alegato oral, la CIJ anunció que convocaría a las partes para hacerles conocer su opinión al respecto. Conociendo el ritmo de deliberaciones y análisis del máximo tribunal de la ONU, se esperaba que la decisión de declararse o no competente se la haría conocer en al menos seis meses, cuando no un año.

La sorpresa fue que exactamente a los cuatro meses, el 8 de septiembre, la CIJ comunicó oficialmente que haría conocer su fallo (si se declaraba o no competente) dos semanas después, el 24 de septiembre. En cualquier sentido en que fuera la determinación del tribunal, para todos estaba claro que no tuvo que realizar muchas consideraciones, y que no hubo muchas trabas para decidir.

En un documento de 23 páginas, que en lo sustancial leyó el presidente de la CIJ, Ronny Abraham, el máximo tribunal de Naciones Unidas anunciaba que rechazaba la objeción chilena y que se declaraba competente para tratar la demanda boliviana. Lo peculiar fue que la sentencia fue aprobada por 14 votos contra 2. Debido a que en las consideraciones los jueces aclaran que la Corte no puede determinar el resultado final de una futura negociación entre ambos países, surgió la tesis chilena, sostenida hasta hoy, de que la demanda boliviana salió recortada, o acotada, del fallo de la CIJ; lo que no se dice es que el razonamiento de la Corte es el mismo que alegaron los abogados internacionales de Bolivia; que la CIJ evidentemente no puede prever resultado alguno de futuras negociaciones entre dos partes autónomas, pero la demanda en sí quedó intacta, como a los días dijo en el suplemento el

Representante Oficial para la Causa Marítima, el expresidente Carlos Mesa: ¿la Corte ha limitado el pedido boliviano? “En absoluto, la demanda es una demanda integral que tiene dos partes, la primera es ‘diálogo’ y la segunda ‘para otorgarle a Bolivia un acceso soberano al mar’, pero ambas partes están intrínsecamente vinculadas, porque tienen que ver con la naturaleza exacta de la definición de la propia serie de compromisos que Chile hizo a lo largo de 70 años. (…) Cuando la Corte establece que no puede pronunciarse sobre un fallo predeterminado no se refiere al hecho de dividir ‘diálogo’ y ‘acceso soberano’. Es en ese sentido que la Corte no se va a pronunciar, pero no está diciendo que se recorte la demanda (…)”.

Una vez resuelto el ‘mini-juicio’ de la competencia de la CIJ, ahora resta continuar con el proceso de fondo. Bolivia ya presentó su memoria; ahora toca a Chile presentar su contramemoria; tiene hasta julio de 2016.  En cuanto al Tribunal Supremo Electoral (TSE), el segundo tema recurrente en el suplemento, 2015 fue tanto de la debacle del anterior como de la elección del actual. 

Organizado sobre la marcha, el nuevo TSE tuvo que llevar adelante el referéndum por estatutos el 20 de septiembre. Pero la verdadera prueba del nuevo TSE será en el referéndum constitucional del 21 de febrero de 2016; como parte de este proceso, a principios de noviembre, el nuevo TSE emitió su Reglamento de campaña y propaganda para referéndum. Y he aquí un verdadero nudo en su relación con el gobierno del MAS: la intención del TSE de regular los distintos tipos de propaganda electoral, especialmente de la llamada “propaganda gubernamental”. Una vez que el anterior TSE eludió el tema escudándose en lo ambiguo de la norma al respecto, el nuevo Tribunal se arriesgó a una decisión histórica: primero, ordenar suspender toda propaganda gubernamental 30 días antes de la consulta, y, segundo, para evitar que se haga propaganda encubierta mediante la entrega de obras, por parte de cualquier nivel de gobierno, decidió limitar a 15 minutos y con carácter informativo la difusión en vivo y en directo de cada una de estas entregas de obra. A los días, el Gobierno protestó: al limitar el tiempo de la entrega de obras, se estará restringiendo el derecho a la información de la población; el TSE anunció que defenderá su Reglamento. El litigio ahora está en el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).

Otros temas en que instaló debate el suplemento fueron: el extractivismo y el “colonialismo simpático” que se da en los países de la región para eludir la discusión del actual modelo de desarrollo, aún bajo gobiernos populares. Conectado a esto también se abrió el debate generado por una arremetida del Vicepresidente contra las organizaciones no gubernamentales productoras de conocimiento, cuando les acusó de mentir. El riesgo que advirtió el suplemento es que con ello el Gobierno está yendo contra el pluralismo en la investigación.

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