La representante del Consejo de la Magistratura en La Paz, Mónica Limachi, pedirá un informe sobre la determinación de Jorge Castillo, juez 9° de Instrucción en lo Penal Cautelar, de declarar en reserva una audiencia sobre un accidente.
“Los jueces pueden declarar en reserva una audiencia cuando están involucrados menores de edad y en algunos casos de relevancia. Pero voy a llamar al juzgado para saber qué pasó, me voy a informar”, declaró.
Castillo decidió el sábado la reserva de la audiencia pública de medidas cautelares de Eloy T. P., chofer del minibús cuya presunta imprudencia ocasionó que el vehículo caiga a un barranco en la ruta Mallasilla-Achocalla, en el que murieron tres pasajeras. La investigación estableció que el transportista, imputado por los delitos de homicidio, lesiones graves y gravísimas, es también un miembro de la Policía Boliviana.
La autoridad restringió el ingreso de familiares de las víctimas de ese hecho de tránsito (que también dejó 13 heridos) y la labor de los periodistas, ya que solo permitió la entrada de camarógrafos, no de fotógrafos, y por un par de minutos. Castillo incluso se cubrió el rostro.
Ley. El artículo 116 del Código de Procedimiento Penal, que hace referencia a la publicidad de los actos procesales, determina que el juez podrá ordenar, mediante resolución fundamentada, que algunos actos se realicen en reserva, total o parcial, cuando: se afecte el pudor o la vida privada de alguna de las partes o de otra persona citada; crea que corre riesgo la integridad física de los jueces, de las partes, o alguna persona citada; peligre un secreto oficial, particular, comercial o industrial o si el imputado o víctima son menores de edad.






