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‘El referéndum no es revocatorio ni ratificatorio’

José Luis Exeni. La autoridad electoral explica que el referéndum será válido si votan al menos 3.251.085 bolivianos. Detalla, además,  los tipos de voto que pueden emitir los bolivianos y las dos condiciones que debe cumplir la consulta para ser válida.

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Por Rubén Ariñez
/ febrero 21, 2016
en Nacional

— ¿Qué se elige el 21 de febrero?, ¿qué es y qué no es?

— La diferencia de un proceso electoral, donde las y los ciudadanos eligen autoridades y representantes, en un referéndum como el del 21 de febrero, no se elige entre candidaturas, sino se decide entre opciones. Esta decisión ciudadana es directa y vinculante y es, de cumplimiento obligatorio. Así, se decidirá sobre una reforma parcial a la Constitución Política del Estado (CPE), según el procedimiento establecido en la misma Constitución para el efecto. La consulta específica es acerca del artículo 168. Y la ciudadanía votará Sí (recuadro en color verde) o No (recuadro en color rojo).

— ¿Qué se somete a consulta?

— La propuesta de reforma, y por tanto, la consulta es si la ciudadanía acepta que el Presidente y el Vicepresidente, cuyo periodo de mandato no varía —cinco años— pueden ser reelectos por dos veces de manera continua. No se trata, y es bueno aclararlo, ni de un plebiscito del actual binomio presidencial, ni menos de un referéndum ratificatorio o revocatorio.

— ¿Qué tipos de voto existen?

— Las y los ciudadanos pueden decidir entre dos opciones: la opción Sí (recuadro verde) para aprobar la reforma del artículo 168 de la Constitución, o la opción No (recuadro rojo) para rechazarla. En el ejercicio de sus derechos políticos, la ciudadanía, además de votar por una de las dos opciones en consulta, que constituyen votos válidos, puede decidir también votar blanco: dejando sin marcar las opciones establecidas en la papeleta. O votar nulo, con marcas fuera del recuadro establecido para el voto o que no indiquen con claridad su voluntad, marcas en las dos casillas, utilizando papeletas rotas, incompletas o con alteraciones, o en una papeleta distinta a la establecida por el TSE.

— ¿Cuándo se anula la consulta y cuándo se da por válida?

— La Ley del Régimen Electoral no habla de “anulación” de una consulta, pero en su artículo 21, inciso “c”, establece dos condiciones de validez de los resultados.

— ¿Cuáles son éstas?

— La primera es que voten al menos el 50% más uno de los electores habilitados en el padrón. En el caso del referéndum del 21 de febrero, al tratarse de una consulta de alcance nacional, que incluye el voto de las y los bolivianos en el exterior, debieran votar el 50% más 1 de 6.502.169 votantes. Así el referéndum será válido si votan al menos 3.251.085 ciudadanos.

— ¿Qué se prevé para el 21?

— La tradición democrática en Bolivia muestra una constante de altos niveles de participación ciudadana, superiores al 80%. Es de esperar que esta elevada participación mediante el voto se exprese en el referéndum, con lo cual se habrá cumplido sobradamente la primera condición de validez de la consulta ciudadana.

— ¿La segunda condición?

— Es que los votos válidos (sumatoria de los votos por el Sí y por el No) sean superiores a la sumatoria de los votos blancos y nulos. El antecedente más próximo al respecto es el referéndum aprobatorio de estatutos autonómicos y cartas orgánicas del 20 de septiembre de 2015, donde el promedio de votos válidos fue superior al 90%. Esperamos que la población nos garantice una participación masiva.

Perfil

Nombre: José Luis Exeni

Profesión: Periodista e investigador

Cargo: Vocal del Tribunal Supremo Electoral

Comunicador y vocal electoral

Fue presidente de la extinta Corte Nacional Electoral (CNE), responsable de las áreas de Procesos Electorales y de Educación Ciudadana. Es comunicador de profesión y tiene una maestría en Ciencias Sociales, con especialidad en Instituciones Políticas y reforma del Estado, un doctorado en Investigación en Ciencias Sociales. En 2015 fue designado vocal por la Asamblea Legislativa y como tal dirige el Servicio de Fortalecimiento Democrático (Sifde).

en tendencia: ratificatorioReferendumrevocatorio

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