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Incremento de una alícuota adicional

El Gobierno, siendo consecuente con las políticas fiscales implementadas en el marco del Modelo Económico Social Comunitario Productivo, sostiene que el incremento del 3% de la AA-IUE para el sector financiero coadyuva a profundizar la redistribución del ingreso sin afectar a las entidades financieras.

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Por Susana Ríos Laguna es viceministra de Política Tributaria
/ febrero 26, 2017
en Animal Político

Para entender el desempeño del sistema financiero, desde el punto de vista tributario, es preciso recapitular algunos antecedentes del comportamiento económico de ese sector.

A mediados de la década del 90, este sector reportaba indicadores financieros deteriorados, que reflejaban una situación negativa con altos índices de morosidad e incobrabilidad de la cartera, resultado de las deficiencias organizacionales, capitalizaciones ficticias, concentración de propiedad, cartera vinculada a los accionistas y administradores, escaso nivel de previsiones, gran parte de la población marginada de los servicios financieros básicos, ineficaces e ineficientes sistemas de control interno y baja calidad de sus activos; los cuales ocasionaron la quiebra de algunas entidades bancarias y en otras, la generación de pérdidas.

Las pérdidas producidas en esos años se beneficiaron de forma irrestricta a través de la compensación directa en contra de las utilidades generadas durante la segunda mitad de la década de 2000, situación que se reflejó en pagos mínimos por concepto de Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE), mismos que no concordaban proporcionalmente al crecimiento de las ganancias de las entidades de intermediación financiera, toda vez que la normativa tributaria de ese entonces establecía que las pérdidas puedan ser compensadas ilimitadamente con utilidades futuras y, más aún, permitían su constante actualización, regulación que en los hechos derivó en una afectación negativa al fisco, ya que debido a esto, sencillamente la banca no paga el impuesto a las utilidades comparando las pérdidas pasadas.

En razón de ello, el Estado mediante la Ley 169 determinó la limitación de la compensación de pérdidas hasta un máximo de tres (3) años, anulando también la actualización de las mismas. Asimismo, para corregir el desbalance de las ganancias significativas sin la correspondiente retribución al Estado por concepto de IUE, se estableció un mecanismo tributario en función a la rentabilidad del sector.

De esta forma, a través de la Ley 211 se aplicó la Alícuota Adicional al IUE de 12,5% únicamente para entidades financieras que sobrepasen una rentabilidad del 13%. A su vez, considerando que cerca de la mitad de las altas utilidades de las entidades financieras provenían de una simple actividad de compra-venta de moneda extranjera, ajena a su naturaleza de intermediación financiera, se estableció el Impuesto a la Venta de Moneda Extranjera (IVME), mediante la Ley 291, mismo que permitió al Estado generar una recaudación anual promedio de Bs 300 millones.

Posteriormente, en la gestión 2015, se dejó sin efecto el IVME, mediante un proyecto de norma que determinaba una AA–IUE de 25%, conforme lo propuesto por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas; no obstante, esta medida fue modificada por negociaciones del sector, aprobándose en la Asamblea Legislativa Plurinacional una alícuota de 22% plasmada en la Ley 771, misma que fue planteada estimando un comportamiento a la baja de las utilidades de este sector. No obstante, y pese a las previsiones negativas del sector, en estos últimos años se observa que sus ganancias continúan creciendo, lo cual se explica por las políticas económicas implementadas por el Gobierno Nacional orientadas a una mayor y mejor redistribución del ingreso, que incrementó la capacidad de ahorro de la población.

La nueva política financiera, establecida mediante la Ley de Servicios Financieros, permitió la democratización de los servicios financieros, facilitando el acceso al crédito, regulando las tasas de interés para el sector productivo y de vivienda social, rubros que reportan los niveles más bajos de mora. Asimismo la obligación de capitalizar utilidades permitió incrementar su patrimonio, aspecto que repercute en la estabilidad y solvencia crediticia de las entidades de intermediación financiera, lo cual no hubiera sido posible por iniciativa propia de la banca privada, tal como sucedió en décadas pasadas.

Los resultados de estas medidas se traducen en un incremento de las utilidades en más de ocho (8) veces, alcanzando a un monto máximo histórico de $us 314 millones en la gestión 2016; cifra superior en 14% a la registrada en 2015.

A su vez, la estabilidad y solvencia de las entidades de intermediación financiera a lo largo de los últimos años se ve reflejada en un nivel decreciente de mora, que en la gestión 2016 alcanzó mínimos de 1,6% para la cartera total y 1,32% para los créditos productivos, considerando que desde la promulgación de la Ley de Servicios Financieros la cartera se ha duplicado y además los depósitos y el patrimonio crecieron a un ritmo interanual de 16% en promedio.

Todos estos referentes muestran que las proyecciones negativas señaladas por los representantes del sector financiero son totalmente diferentes a la realidad económica del sector, la cual ha sido registrada tanto en medios de comunicación como en sus propios Estados Financieros, demostrándose que a medida que se profundiza y democratiza los servicios financieros, también se producen mayores beneficios para el sector financiero y la población.

Este panorama ampliamente favorable para el sector financiero ha motivado la reposición de la AA-IUE Financiero, al nivel de 25%, propuesto en la versión inicial de la Ley 771 de 2015; es decir que el adicional de 3% no afectará a la solvencia, ni a la capacidad de préstamo del sector, el cual continuará gozando de buena salud financiera, puesto que, además, esta Alícuota Adicional únicamente será aplicable a las entidades que superen una rentabilidad del 6%  con respecto a su patrimonio.

El incremento propuesto por el Órgano Ejecutivo representaría un monto aproximado de Bs 70 millones de recaudación, equivalentes al 0,1% de la recaudación total; recursos que permitirán al Estado profundizar la política de redistribución del ingreso mediante la aplicación de programas y proyectos sociales y de inversión pública en beneficio de la población, con lo cual se coadyuvará al crecimiento de la economía y, por ende, el desarrollo de nuestra sociedad en términos de igualdad.

Por lo tanto, el Gobierno Nacional, siendo consecuente con las políticas fiscales implementadas en el marco del Modelo Económico Social Comunitario Productivo, sostiene que el incremento del 3% de la AA-IUE para el sector financiero coadyuva a profundizar la redistribución del ingreso sin afectar a las entidades financieras.

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