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TCP justifica en su fallo que repostulación ‘por una sola vez continua’ era discriminadora

El presidente del TCP, Macario Lahor Cortez, al momento de cerrar la conferencia de prensa en la que anunció el fallo sobre la repostulación sentenció: “A todas las personas que estaba limitando la CPE, está justamente habilitando a postularse. Quien definitivamente elige es el pueblo boliviano”.

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Por Rubén Ariñez
La Paz / noviembre 29, 2017
en Nacional

Para legitimar el fallo que validó futuras candidaturas del presidente Evo Morales en los comicios generales, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) justificó que la disposición que fija la repostulación de gobernantes “por una sola vez de manera continua” tiene carácter discriminatorio.

“Se advierte un trato claramente discriminatorio, puesto que unos podrán ejercer libremente y sin restricciones sus derechos políticos, mientras que los otros quedarán indefectiblemente imposibilitados de hacerlo, a causa de la vigencia de unas normas, que si bien tienen sustento jurídico al encontrarse en la Ley de Régimen Electoral, como en la propia Constitución Política del Estado, empero, resultan incompatibles con normas constitucionales y convencionales anteriormente citadas”, se lee en parte de la argumentación del fallo.

Las normas a  las que hace referencia esa parte del texto son la misma Carta Magna y la Convención Americana de Derechos Humanos, más conocida como Pacto de San José.

A decir del tribunal, los artículos que el Movimiento Al Socialismo (MAS) impugnó —pidió que el TCP declare inaplicables cuatro artículos de la Carta Magna e inconstitucionales cinco de la Ley 026 de Régimen Electoral— limitan y restringen “el goce y ejercicio de los derechos políticos” y “genera un trato desigual y por ende discriminatorio”.

Los magistrados que votaron por unanimidad por un fallo favorable aseguran que “el principio democrático no se ve mayormente afectado a partir de que la ‘reelección’ a la que hacen alusión los preceptos impugnados representa en sí mismo una mera posibilidad”, bajo la premisa que “serán los ciudadanos quienes determinen si el candidato que acude a una nueva postulación es o no reelecto de manera continua”.

El presidente del TCP, Macario Lahor Cortez, al momento de cerrar la conferencia de prensa en la que anunció el fallo sobre la repostulación sentenció: “A todas las personas que estaba limitando la CPE, está justamente habilitando a postularse. Quien definitivamente elige es el pueblo boliviano”.

Las normas impugnadas por el oficialismo fueron redactadas y aprobadas por sus propios correligionarios.

La Carta Magna que hasta este martes limitaba la repostulación continua por una sola vez de los gobernantes fue promulgada por Morales un 7 de febrero de 2009 y fue sellada por un juramento con el que honró su cumplimiento.

La otra norma, la Ley 026, entró en vigencia el 30 de junio de 2010 tras la aquiescencia de la Asamblea Legislativa Plurinacional en la que el gobernante MAS tenía dos tercios. (28/11/2017)

en tendencia: discriminacionEvoMoralesrepostulacionTCP

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