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Fondo Solidario

La Ley 1732, vigente entre 1997 y 2010 (14 años), era un sistema cien por ciento particular y egoísta, debido a que un asegurado solo aportaba para sí mismo, sin importar qué sucediese con los demás trabajadores. A partir de la Ley 065, desde 2011, se rompe con esa lógica y se incluye el principio […]

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Por Iván Quisbert Soria
/ febrero 16, 2019
en Voces

La Ley 1732, vigente entre 1997 y 2010 (14 años), era un sistema cien por ciento particular y egoísta, debido a que un asegurado solo aportaba para sí mismo, sin importar qué sucediese con los demás trabajadores. A partir de la Ley 065, desde 2011, se rompe con esa lógica y se incluye el principio de solidaridad, que se refiere a la protección a los asegurados menos favorecidos con la participación de todos los aportantes al Sistema Integral de Pensiones (SIP), creándose bajo este concepto el Fondo Solidario.

Los componentes más importantes para el financiamiento de dicho fondo son el aporte de los trabajadores (0,5% sobre el total ganado) de manera solidaria, desde el que gana Bs 2.060 (Salario Mínimo Nacional) hasta aquél que gana por encima de Bs 6.000, Bs 15.000, Bs 20.000, etc. y el aporte del 3% del empleador sobre el total ganado de sus dependientes, aclarando que el Estado es el mayor aportante con casi el 50% de contribución a dicho fondo.

Actualmente, según datos recopilados por el Instituto Nacional de Estadística (INE), en Bolivia entre el 70% y el 80% de los trabajadores tiene un promedio salarial de unos Bs 6.000, como por ejemplo los sectores de magisterio, fabriles, salud, etc., y por los aportes realizados durante su historia laboral solo alcanzan a financiar una pensión baja. Es este grupo que se beneficiará con el Fondo Solidario, a través de la Pensión Solidaria de Vejez (PSV), que tiene un límite máximo de Bs 4.200 para 35 años de trabajo.

Los empleados que perciben un sueldo de Bs 10.000, Bs 15.000, Bs 20.000 o más realizan un mayor aporte para su jubilación y por ende el capital acumulado que ellos tienen en las AFP será superior en comparación con los que ganan Bs 2.060, Bs 3.000, etc., y no se les restará nada de sus aportes al momento de su jubilación.

Al contrario, estos aportes más los intereses que se generan al transcurrir el tiempo le podrían otorgar una pensión superior a los Bs 4.200, por lo que ellos no requerirán de un componente adicional, como la Fracción Solidaria.

Sin embargo, en caso de que algún trabajador que gana por encima de los Bs 6.000 no cuente con un capital acumulado que le financie un 70% de su promedio salarial, a pesar de haber realizado aportes por 30 años o más, el Fondo Solidario también mejorará su pensión de jubilación con la PSV de acuerdo con la Escala de los Límites Solidarios, beneficio al que puede acceder un asegurado al SIP desde la vigencia de la Ley 065 de Pensiones.

* Analista en pensiones

en tendencia: fondoSolidario

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