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A dos metros de distancia, solo dos familiares pueden acceder a un muerto con COVID-19 en Bolivia

El Ministerio de Salud aprobó el protocolo de manejo y disposición de los cadáveres. Prohíbe el contacto físico de los dolientes con el cuerpo y los velorios y dispone que los difuntos “pueden ser enterrados o preferentemente cremados”.

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/ abril 3, 2020
en Sociedad

El 30 de marzo el Ministerio de Salud de Bolivia llenó un vació y aprobó el protocolo para el manejo y disposición de los cadáveres con COVID-19. La norma no recomienda autopsias, prohíbe el contacto físico de los dolientes con el difunto, restringe a dos familiares directos el acceso a la sala donde estén sus restos, quienes deben permanecer a dos metros de distancia.

En esa fecha aprobó mediante la Resolución Ministerial Nº 0175 el ‘Procedimiento para el manejo y disposición de cadáveres de casos de COVID-19’.

La aplicación de estas directrices nacionales –dice la norma– y recomendaciones será en todo el ámbito nacional, establecimientos de salud públicos y privados, de convenio, de la seguridad social.

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Procedimiento para el manejo y disposición de cadáveres de casos de COVID – 19

Es de cumplimiento obligatorio por la Policía Boliviana, Fuerzas Armadas, Ministerio Publico y Poder Judicial, Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF), gobernaciones, alcaldías, cementerios, servicios funerarios y otras instancias que tiene que ver con el manejo y disposición de cadáveres.

El objetivo del protocolo es disminuir el riesgo de transmisión de esta enfermedad, aunque no existen datos o estudios científicos que precisen el tiempo de supervivencia del virus en los cadáveres, por lo que estos son “potencialmente un medio de transporte y/o foco de transmisión”.

A continuación, los 23 pasos que fija el procedimiento.

  1. El cadáver debe ser embalado y transferido / trasladado lo antes posible después del fallecimiento, antes de 24 horas.
  2. La preparación y embalaje del cuerpo se debe realizar en la sala o habitación donde ocurrió la defunción.
  3. Se debe mantener íntegro y limitar al máximo la manipulación del cadáver.
  4. Para alistar del cuerpo no se debe retirar ninguna prenda.
  5. Retirar dispositivos médicos no invasivos que deben ser desinfectados con solución de hipoclorito de sodio que contenga 5000 ppm de cloro activo (dilución de 1 por 10 preparada recientemente).
  6. No retirar catéteres, sondas o tubos que puedan contener los fluidos.
  7. No realizar preparación del difunto (limpieza de cuerpo, ordenamiento del cabello, recorte de uñas, y afeitado).
  8. Restringir el acceso para ver el cadáver, a solo a 2 familiares directos, que deberán utilizar el equipo de protección personal o EPP (bata, barbijo común y guantes)
  9. Los dolientes deben mantener una distancia con el cadáver no menor a dos metros lineales.
  10. Bajo ninguna circunstancia podrán tener contacto físico con el cuerpo, ni con las superficies u otros enseres del entorno o cualquier otro material, por el riesgo de contaminación.
  11. El personal hospitalario debe envolver el cadáver con la sábana que cubre la cama donde fue atendido.
  12. Rociarlo con una solución de hipoclorito de sodio (lavandina) al 10%.
  13. Introducirlo en la bolsa sanitaria mortuoria de cierre hermético, específica para cadáveres, de al menos 150 micras de espesor, impermeable, resistente a la presión de gases y de preferencia biodegradable.
  14. La bolsa, una vez cerrada con el cadáver en su interior, debe ser pulverizada con desinfectante de uso hospitalario o con la solución de hipoclorito de sodio.
  15. En caso de no contar con la bolsa mortuoria, se deben utilizar sábanas, preferentemente impermeables, que deben ser rociadas con solución de hipoclorito de sodio al 10%.
  16. La sala o habitación del paciente, debe ser limpiada y desinfectar con solución de hipoclorito de sodio que contenga 5.000 partes por millón cloro activo (dilución de 1 por 10 preparada recientemente).
  17. Después de la preparación y embalaje del cadáver, se debe comunicar al personal o persona encargada de la funeraria de la causa de la muerte para que se apliquen las medidas de protección.
  18. El cuerpo puede ser trasladado a la morgue del establecimiento donde será depositado de forma transitoria, por un lapso no mayor a 12 horas.
  19. Los difuntos por COVID-19 “pueden ser enterrados o preferentemente cremados”.
  20. No se debe realizar velatorios.
  21. La bolsa con el cuerpo debe ser entregado al servicio funerario para su depósito en ataúd o contenedor de cremación, seguido del traslado al sitio de destino final (horno crematorio y/o cementerio).
  22. El ataúd que ya no se podrá abrir una vez cerrado.
  23. Las cenizas pueden ser manipuladas, ya que no representan ningún riesgo.
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