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TSE inicia trámite para la cancelación de la personería jurídica de NGP

Ávila recordó que el partido no participó en las elecciones generales de 2025 y ahora tampoco decidió participar.

TSE inicia trámite para la cancelación de la personería jurídica de NGP

Sala plena del Tribunal Supremo Electoral (Foto: TSE)

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Por Boris Góngora
La Paz / abril 7, 2026
en Nacional

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) inició el lunes el trámite para la cancelación de la personalidad jurídica de Nueva Generación Patriótica (NGP), tras determinar que la organización política incurrió en causales previstas en la normativa vigente, como la no participación en dos procesos electorales consecutivos.

El presidente del TSE, Gustavo Ávila, informó que la decisión fue asumida por mayoría de la sala plena, luego de verificar que el partido político no participó en dos procesos electorales consecutivos, lo que configura una causal de cancelación según el artículo 58 de la Ley 1096 de Organizaciones Políticas.

“Se ha decidido iniciar el trámite de cancelación de la personería jurídica de Nueva Generación Patriótica porque su conducta se adecua a lo establecido en la norma, que señala la no participación en dos procesos electorales”, reiteró el titular del TSE.

Ávila recordó que la organización política no participó en las elecciones generales de 2025 y ahora tampoco decidió participar en la segunda vuelta electoral en curso, lo que motivó la activación del proceso.

El 1 de abril, el NGP presentó una carta ante el TSE para la declinación de la candidatura a la Gobernación de La Paz de René Yahuasi. La determinación fue aceptada por la sala plena, que además resolvió proclamar a Luis Revilla, de Patria Sol, como gobernador electo de La Paz.

Lea más: Santa Cruz concluye conteo y se alista para el balotaje

Yahuasi fue el segundo candidato con más votación el 22 de marzo en La Paz y debía medirse en segunda vuelta con Revilla, una elección que está programada para este 19 de abril.

Entonces, desde NGP argumentaron que la declinación responde a la ruptura de su alianza con Yahuasi, debido a problemas de coordinación. Sin embargo, el candidato sostuvo que no renunció a su postulación y denunció presiones por parte de la organización.

Ávila informó que el TSE también resolvió, en la misma sesión, rechazar el recurso de revisión presentado por el Yahuasi, al considerar que no cumplía con los requisitos procedimentales de admisión.

Ante este rechazo, indicó que Yahuasi tiene la vía expedita para recurrir a otras instancias judiciales; sin embargo, señaló que se tiene conocimiento de que ya lo hizo y que, “seguramente”, en las próximas horas serán convocados a audiencias de amparo constitucional, donde el TSE expondrá los fundamentos de sus determinaciones en cumplimiento de la ley.

Respecto a la proclamación de Revilla, la autoridad electoral recordó que, conforme al artículo 64 de la Ley 026 del Régimen Electoral, cuando una organización política declina participar, el Tribunal Electoral está obligado a declarar ganador al candidato de la otra fuerza política.

Asimismo, el titular del TSE advirtió sobre la necesidad de modificar la normativa electoral vigente, al señalar que existen vacíos y contradicciones que deben ser corregidos. No obstante, remarcó que mientras la ley esté en vigencia, el TSE continuará actuando en estricto apego a la misma.

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