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El sistema de pensiones no está en crisis

En días pasados, organizaciones sociales, analistas y opinadores han cuestionado los beneficios que otorga nuestro actual sistema de pensiones, poniendo en tela de juicio su sostenibilidad financiera, sus logros y alcances que han beneficiado a miles de asegurados desde la puesta en vigencia del Sistema Integral de Pensiones (SIP). La Ley 065 de Pensiones, de […]

TRIBUNA
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Por José Alarcón Pinto
TRIBUNA
La Paz / agosto 9, 2022
en Voces

En días pasados, organizaciones sociales, analistas y opinadores han cuestionado los beneficios que otorga nuestro actual sistema de pensiones, poniendo en tela de juicio su sostenibilidad financiera, sus logros y alcances que han beneficiado a miles de asegurados desde la puesta en vigencia del Sistema Integral de Pensiones (SIP).

La Ley 065 de Pensiones, de 2010, generó una reforma estructural en el sistema de pensiones, incorporando los principios de universalidad y solidaridad, en beneficio de los trabajadores bolivianos aportantes al SIP. En más de 11 años de vigencia del SIP, a mayo de 2022, la cantidad de jubilados supera las 195.000 personas, lo que representa un crecimiento del 556%, que en comparación con los jubilados de la anterior Ley 1732 del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo (1997-2010), a diciembre de 2010 solo llegaron a 29.745 asegurados durante 14 años de vigencia. De los jubilados en el SIP, el 69% se encuentra percibiendo una Pensión Solidaria de Vejez (PSV), prestación que fue creada en el marco del principio de solidaridad a través del régimen semicontributivo.

Señalar que el Fondo Solidario fue constituido para que con sus recursos se mejore la jubilación de los asegurados del SIP a través de la Fracción Solidaria, que sumada a la Fracción de Saldo Acumulado (aportes más rendimientos) y la Compensación de Cotizaciones Mensual, cuando corresponda, permite que el trabajador se jubile con una PSV que está entre el 56% (para 16 años de aporte) y el 70% del promedio salarial (para 30 años de aporte o más) de los dos últimos años aportados al SIP, pudiendo llegar a un monto vitalicio de Bs 4.200 con 35 años o más de aportes, considerando el límite superior de la Escala de la Pensión Solidaria.

La Ley 065 redujo de 65 a 58 años la edad de acceso a la jubilación, y con al menos 10 años de aportes poder acceder a una PSV, situación que es contraria a requisitos mínimos de distintos sistemas de pensiones en la región, donde la edad de jubilación es más alta y/o tiene que superar los 15 o 20 años de aportes. El SIP permitió flexibilizar los requisitos para acceder a una jubilación vitalicia y también otorga el acceso a los servicios de un ente gestor de salud para el jubilado titular y sus derechohabientes, y a partir de los 60 años acceder al pago de la Renta Dignidad como beneficio universal para todos los bolivianos residentes en el país.

El Régimen No Contributivo del SIP otorga el pago de la Renta Dignidad a través del Fondo de la Renta Universal de Vejez (FRUV), independientemente de que hayan o no aportado a la Seguridad Social de Largo Plazo con Bs 3.900 anuales (Bs 300 mensuales incluido el aguinaldo) para rentistas y pensionados del SIP; y a Bs 4.550 (Bs 350 mensuales incluido el aguinaldo) para no rentistas, y en la gestión 2021 alcanzó un monto total de pagos de Bs 4.752 millones.

Por lo dicho, el SIP, en más de una década, ha demostrado su solidez y no está en crisis, otorgando y cumpliendo los pagos de prestaciones y beneficios, así como los ajustes anuales de las pensiones; los aportantes tienen seguros sus aportes porque la Ley de Pensiones 065 prevé la protección y el destino de los recursos del SIP, por lo que todos los trabajadores dependientes e independientes que cotizan al SIP durante su vida laboral, tienen garantizado el financiamiento de pensiones adecuadas para su futura jubilación.

José Alarcón Pinto es ingeniero comercial.

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