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La decisión de la CPI

Para efectos de descrédito o atemorización, basta con una demanda admitida y mucha publicidad.

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Por La Razón
La Paz / febrero 18, 2022
en Opinión

No hacía falta ser doctor en Derecho para imaginar que la demanda interpuesta por el entonces gobierno transitorio del Estado Plurinacional de Bolivia contra el derrocado expresidente Evo Morales ante la Corte Penal Internacional (CPI) sería rechazada, no solo por la evidente carencia de pruebas suficientes, sino sobre todo porque el trámite estaba mal encaminado.

Así, la respuesta que se hizo pública el lunes último a la solicitud presentada el 4 de septiembre de 2020 por el Estado Plurinacional de Bolivia a la CPI, señala simplemente que no se abrirá una investigación formal ya que los supuestos actos no son competencia del tribunal con sede en La Haya (y que a menudo es confundido con la Corte Internacional de Justicia), cuya misión es investigar y juzgar los crímenes establecidos en el Estatuto de Roma.

La solicitud boliviana, presentada por el entonces Procurador General del Estado y el entonces Viceministro de Coordinación y Gestión Gubernamental, pedía a la CPI investigar las movilizaciones y bloqueos de carreteras que supuestamente habían provocado la muerte de 40 enfermos de coronavirus porque no se podía suministrar oxígeno a los hospitales y, sobre todo, la responsabilidad intelectual y material del expresidente Evo Morales. Como única evidencia, los demandantes presentaron 250 publicaciones de prensa.

El rechazo a siquiera investigar, mucho menos juzgar, al exmandatario se fundamenta, por una parte, afirmó el fiscal jefe de la CPI, en que la solicitud “no presenta elementos contextuales constitutivos de crímenes de lesa humanidad”. Por la otra, en que la función de ese alto tribunal internacional “no consiste en emitir un juicio sobre el contexto político en el que tuvieron lugar los presuntos incidentes, sino determinar, a través de una evaluación independiente, imparcial y objetiva, si éstos constituyen crímenes contemplados en el Estatuto de Roma”.

En aquel momento fue evidente que el trámite, y así se señaló en este mismo espacio, serviría únicamente para influir en el clima de opinión nacional, lo cual explica el interés de algunos medios de comunicación en posicionar la idea de que la demanda había sido “admitida” cuando no era así. Los réditos políticos se cosecharon inmediatamente, pero los costos jurídicos podrían valerle un nuevo proceso a la expresidenta interina y a quienes participaron en el desaguisado.

El hecho que aquí se comenta es la enésima prueba del uso político de los procedimientos judiciales. Para efectos de descrédito o atemorización, basta con una demanda admitida y mucha publicidad, pero para investigar, juzgar y eventualmente sancionar hace falta presentar evidencia y observar las formas jurídicas; de ahí que es posible identificar la verdadera voluntad política detrás de acusaciones, demandas y procesos que se inician en el ámbito penal nacional y muy a menudo solo abonan al descrédito del sistema. En el ámbito internacional, Bolivia hizo un papelón ante la CPI.

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