Una expresión muy conocida reza “la información es poder”, frase que se atribuye a Hobbes por su obra Leviatán. Lo anterior tiene su valía considerando que la información también se constituye en fuente de conocimiento, que apoya una adecuada toma de decisiones, ayuda a emitir apreciaciones, opiniones o juicios más objetivos.
Asimismo, en diferentes países es común escuchar de actos poco transparentes relacionados al quehacer público, donde el tema de las contrataciones públicas no es ajeno a este estigma. Algunas veces se piensa que no existe o es imposible acceder a la información relacionada a las contrataciones.
Para ello es importante entender inicialmente qué es transparencia. Para el efecto tomemos en cuenta lo señalado en el DS 0181, que establece que las contrataciones de bienes y servicios aplican el principio de transparencia cuando “los actos, documentos y la información de los procesos de contratación… de bienes y servicios, son públicos”.
En tal sentido, entendiendo que, a través de los procesos de contratación de los bienes, obras y servicios se materializan los planes (por ejemplo, el POA de una entidad, municipio, gobernación, etc.), que a su vez traducen los objetivos de gestión de cada entidad en vías de atender y satisfacer las demandas y necesidades de la población, y tomando en cuenta que las contrataciones estatales deben regirse por el principio de transparencia, algunas preguntas que muchos ciudadanos de a pie se realizan son:
¿Será que la contratación se encuentra planificada para esta gestión? ¿Cuándo iniciarán el proceso de contratación? ¿Cuándo ejecutarán la obra? ¿Por qué se seleccionó a una determinada empresa? ¿Nombre de la empresa contratada? ¿Cuál el monto del contrato? ¿Cuándo se entregará la obra? ¿Puedo tener acceso al documento contractual de una obra?
A los ojos de muchas personas, parecen datos o información inalcanzables o que en su defecto tal vez implicaría algún costo o que requeriría bastantes trámites.
Sin embargo, la Ley 1413, del Presupuesto General del Estado 2022 (conocida por muchos como Ley Financial), en su artículo 6 señala: “Las entidades públicas deberán registrar obligatoriamente en el Sistema de Contrataciones Estatales (Sicoes), información de sus procesos de contratación independientemente de la norma aplicada en la ejecución del proceso de contratación y la fuente de financiamiento, conforme las cuantías, plazos y demás condiciones establecidas en el Manual de Operaciones del Sicoes”; concordante con ello, el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas emitió el Manual de Operaciones del Sicoes, donde, entre otros temas, indica la información que debe registrarse en las diferentes actividades/etapas del proceso de contratación y su respectivo plazo.
Actualmente, en el Sicoes se cuenta con información de las actividades/etapas de los procesos de contratación que realizan todas las entidades públicas; asimismo, incluye los documentos de respaldo de la información registrada por las entidades. En tal sentido, las interrogantes planteadas anteriormente y otra información relevante pueden obtener su respuesta al realizar la búsqueda en este sistema que es gratuito, tiene acceso a todo público y solo requiere conexión a internet.
En tal sentido, puede concluirse que existe el marco normativo e instrumentos que promueven la transparencia en los procesos de contratación. ¿De qué manera puedo contribuir a fortalecer la transparencia en las contrataciones como ciudadano de a pie? Revisando permanentemente el Sicoes, conociendo y compartiendo esta información con los vecinos y la comunidad.
Se dice que “una golondrina no hace primavera” o que “un ciudadano honesto no puede cambiar la realidad”, pero no cabe duda de que contribuye a realizarlo.
Éber Espejo Quispe es especialista en adquisiciones públicas.







