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SOAT-C: Seguro para obreros de la construcción

En el marco de la Ley de Seguros, el seguro se define como un contrato donde el asegurador está obligado a indemnizar un daño o a cumplir la prestación convenida, al producirse la eventualidad prevista, y el asegurado a pagar la prima. Es necesario recordar que, mediante Ley 1155 de 12 de marzo de 2019 […]

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Por Fernando Chuquimia
TRIBUNA
La Paz / julio 13, 2021
en Voces

En el marco de la Ley de Seguros, el seguro se define como un contrato donde el asegurador está obligado a indemnizar un daño o a cumplir la prestación convenida, al producirse la eventualidad prevista, y el asegurado a pagar la prima.

Es necesario recordar que, mediante Ley 1155 de 12 de marzo de 2019 y Decreto Supremo 4058 de 15 de octubre de 2019, se creó y reglamentó el Seguro Obligatorio de Accidentes de la Trabajadora y el Trabajador en el Ámbito de la Construcción (SOAT-C), para garantizar la cobertura de los gastos médicos y la indemnización por muerte y/o incapacidad total permanente, a todo trabajador de dicho rubro que sufra un accidente al prestar, ejecutar o realizar un trabajo de manera directa en toda edificación de obras.

No obstante, debido a los conflictos sociales y políticos de octubre y noviembre de 2019, los cuales desembocaron en la ruptura del orden constitucional y la toma de mando del gobierno de facto, se inició un periodo de incertidumbre en la economía y en la calidad de vida de la población, aspecto que conllevó a la paralización de esta medida social.

El sector de la construcción es muy importante, no solo por su aporte al crecimiento económico, sino porque es un sector que genera miles de fuentes de empleo y contribuye en la dinamización de la economía, por cuanto a abril de 2021 existen 423.000 personas que se dedican a esta actividad en obras públicas y privadas, según el Instituto Nacional de Estadística. Asimismo, el rubro presenta una tasa de accidentabilidad más alta comparada con otros como el agrario y el de industria, por cuanto esta labor implica costos humanos fatales, por ejemplo, muchas veces las personas trabajan en alturas, expuestas a sufrir algún tipo de accidente grave o mortal.

En este sentido, y con el retorno de un gobierno elegido democráticamente, liderado por el presidente Luis Arce, se continuó con este fin social, ya que existe voluntad política para apoyar a los trabajadores. En mayo de esta gestión se entregó el primer seguro, marcando un hito histórico para el sector de la construcción. Al respecto, para 2021 el costo del seguro asciende a Bs 150 y tiene una vigencia por 12 meses a partir de la fecha de su contratación, cuya cobertura alcanza hasta Bs 7.000 para gastos médicos, en caso de lesiones o accidentes en su fuente de trabajo, y una indemnización de Bs 70.000 en caso de muerte o incapacidad total y permanente del trabajador, cuya administración y comercialización a nivel nacional es efectuada por la Entidad Pública de Seguros (EPS).

Se aclara que todo establecimiento de salud en el territorio boliviano está en la obligación ineludible de atender a las víctimas de los accidentes laborales de los trabajadores de la construcción; asimismo, toda persona natural o jurídica del sector público o privado, que contrate y/o subcontrate trabajadoras y trabajadores que presten, ejecuten o realicen un trabajo de manera directa en toda construcción de obras, debe verificar que todos ellos cuenten con el SOAT-C y que se encuentre vigente, constatando tal hecho a través del certificado de cobertura emitido por la EPS; caso contrario, de producirse un accidente, será la persona contratante quien asuma las responsabilidades y sanciones, con al menos las mismas condiciones estipuladas por el seguro.

Finalmente, y ante versiones erróneas emitidas por opinadores sobre la aplicación del SOAT-C, es necesario manifestar que es compatible con cualquier otro seguro que cubra a personas en relación con accidentes, independientemente del origen o naturaleza del evento cubierto por el seguro.

Fernando Chuquimia es especialista financiero.

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