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Un sujeto dentro de otro

La responsabilidad legal sobre el no nacido recae solamente sobre la mujer que lo contiene.

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Por Verónica Córdova
/ diciembre 22, 2013
en Voces

Por conciencia, presiones, cálculos, religión o puro miedo, se ha definido por ley que en Bolivia los seres son sujetos de derecho desde la concepción. Toca, entonces, hacerse cargo de las consecuencias de esa trascendental decisión.

La primera consecuencia es que nos encontramos ante una sui generis situación: un sujeto de derecho que reside en el interior del cuerpo de otro sujeto de derecho. ¿Cuál de estos sujetos toma decisiones por ambos? La respuesta es obvia, pues uno de esos sujetos aún no ha desarrollado facultades mentales. Por tanto, si las decisiones, acciones u omisiones del sujeto pensante resultan dañando la salud del otro, ella podría ser penalizada. Esto abre las puertas a una anulación del actual Código Penal, que todavía contempla ciertas situaciones en las que el aborto puede ser permitido. Ahora existe una ley explícita a la que los jueces pueden acudir para denegar la autorización de abortar a una mujer violada o a una niña de 12 años embarazada por su padre o su hermano.

Se abren así las puertas para llegar a situaciones como las que se viven actualmente en El Salvador, donde mujeres que han sufrido un aborto espontáneo llegan al hospital y son esposadas a la cama, para ser trasladadas a la cárcel inmediatamente después de ser dadas de alta.

En todo caso, la consecuencia más importante de haber definido que en Bolivia se protegen los derechos desde el momento de la concepción es que la maternidad se convierte en una responsabilidad legal que las mujeres deben tener derecho a decidir por sí mismas y en libertad completa. Pues si los niños siempre han sido una responsabilidad de ambos padres a partir de su nacimiento (y aun así en demasiados casos esa responsabilidad es eludida por los varones) ahora la responsabilidad legal, e incluso penal, sobre el no nacido recae solamente sobre la mujer que lo contiene. Las mujeres demandamos, entonces, el derecho absoluto y exclusivo a decidir si queremos o no asumir esa responsabilidad y sus consecuencias.

Esto abre las puertas a la educación sexual obligatoria, a la distribución gratuita de anticonceptivos a todas las mujeres y niñas en edad de concebir, a la liberalización total de la decisión de ligarse las trompas (pues en los hospitales aún le piden a las mujeres el consentimiento del marido para realizar este procedimiento). Estas medidas son necesarias para que, como sujetos de derecho, las mujeres asumamos con libertad las responsabilidades legales que ahora la maternidad implica. Pero principalmente garantiza a los niños su derecho más importante: el derecho a nacer deseados.

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