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Referendos

El TSE debe organizar al menos cinco referendos aprobatorios de estatutos autonómicos

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/ marzo 18, 2015
en Voces

El Órgano Electoral no tiene descanso, ni lo tendrá en breve. Apenas concluida la polémica gestión de las elecciones generales de octubre de 2014, las autoridades del cuarto poder del Estado se embarcaron en las elecciones subnacionales del 29 de marzo, y cuando éstas concluyan, deben organizar al menos cinco referendos aprobatorios de estatutos autonómicos.

En efecto, luego de un proceso no exento de críticas por el tiempo que tomó, el Tribunal Constitucional Plurinacional aprobó en los últimos meses los estatutos autonómicos de La Paz, Cochabamba, Oruro, Potosí y Chuquisaca; y ahora corresponde que estos documentos sean puestos a consideración del soberano, que debe aprobarlos a través de referendos en cada uno de los departamentos.

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) ya sostuvo reuniones con asambleístas departamentales de las cinco regiones señaladas, y se ha acordado que la votación se realizará simultáneamente el 28 de junio. Para el efecto, el TSE debe publicar la convocatoria apenas concluya el proceso electoral subnacional, y ayudar a los tribunales electorales departamentales (TED) con los trámites y trabajos de organización, comenzando por obtener el presupuesto necesario. Tarea que por lo pronto se anuncia complicada, primero porque hay percepciones disímiles respecto de cuánto dinero se necesita efectivamente en cada caso y, segundo, porque debe haber un acuerdo entre cada TED y su respectiva Asamblea Legislativa Departamental (ALD).

A su vez, las ALD deben obtener del TCP aprobación a la pregunta que será sometida a consideración de las y los votantes, trámite que ojalá no tome tanto tiempo como la aprobación de los estatutos, pues cualquier demora innecesaria afectaría el calendario electoral.

Asimismo, hay cuatro departamentos rezagados en el proceso, todos ellos, con excepción de Pando, aún no han terminado de elaborar sus estatutos, lo cual hace todavía más preocupante el rezago, pues a falta de este documento no pueden hacerse cargo de todas las competencias que les asigna la Constitución Política del Estado (CPE).

Por otra parte, el TSE tiene la obligación de ejecutar la aprobación de los estatutos de las autonomías indígena originario campesinas, que han sido las primeras en tener sus documentos autonómicos y siguen a la espera de una respuesta institucional de parte del Órgano Electoral, al que ya se le han hecho toda clase de críticas por no hacer su tarea de manera oportuna, lo cual representa para los pueblos interesados una postergación de sus anhelos autonómicos, estimulados en la CPE.

Tiene, pues, una enorme responsabilidad el Órgano Electoral de cara a uno de los procesos más relevantes para la construcción de la nueva institucionalidad del Estado, base sobre la cual se producirá la verdadera transformación del país.

en tendencia: referendos

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