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Reforma penal

Este estatus de inocencia es uno de los escudos protectores más importantes frente al poder.

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Por Rojas Tudela
/ julio 4, 2016
en Voces

He escrito antes sobre este tema en La Razón, pero quiero volver a insistir en el mismo: la base de una reforma de la Justicia Penal en clave democrática y ciudadana debe cambiar la pregunta ¿cómo nos gustaría que traten a los que cometieron un delito?, a la siguiente: ¿cómo nos gustaría ser juzgados si nos acusan de haber cometido un delito? Si pensamos en que nosotros o nuestros seres queridos podrían ser juzgados penalmente, entonces se puede comprender por qué es necesario tratar como inocente a la gente que no tiene sentencia y por qué es necesario que el proceso penal no sea un castigo anticipado por el sufrimiento de la detención preventiva y el laberinto kafkiano de trámites y cancelaciones de audiencias.

La base del razonamiento de una buena reforma penal es sencilla: en vez de pensar una sociedad dividida entre delincuentes (culpables) y víctimas (inocentes), se debe partir del razonamiento de que se presume la inocencia de todo ser humano, y en consecuencia se toma en serio la dignidad de la sociedad y de los ciudadanos que la habitan. Es fácil lograr un apoyo popular hablando de castigar a los delincuentes, mucho más si en esta sociedad hay un sentimiento de injusticia y una larga memoria de políticos corruptos, pero al costo de rifar el principio de inocencia.

La presunción de inocencia y juicio previo son dos caras de una misma moneda. Uno es culpable solo después de que en un juicio justo, llevado mediante un debido proceso, se declare la culpabilidad del sospechoso. Esto significa que el ser humano goza de un estatus de inocencia que lo acompaña toda su vida y en todo momento. Este estatus de inocencia es uno de los escudos protectores más importantes frente al poder arbitrario que pueda vulnerar las garantías jurisdiccionales consagradas en la CPE.

Asimismo la presunción de inocencia es una función lógica de todo procedimiento judicial. Todo ser humano es inocente hasta que no se demuestre lo contrario. En este sentido, la culpabilidad es la que debe demostrarse y no así la inocencia, pues de no existir este principio lógico, todos serían culpables hasta que no se demuestre lo contrario, lo cual sería una vulneración a la dignidad y seguridad de cada ser humano.

Finalmente, la presunción de inocencia es una regla lógica, pues un ser humano no puede ser inocente y culpable a la vez. O es inocente o es culpable, punto. El derecho penal no debe ser una materia tratada y aplicada por aquellos convencidos de la maldad de la sociedad con el apoyo de verdugos en busca de venganza y orden, sino, debe ser parte del debate ciudadano por un nuevo Derecho. La Constitución boliviana brinda las posibilidades para repensar estas condiciones, lo que resta está en manos de los legisladores que crean de buena fe en la dignidad del pueblo para el cual legislan.

en tendencia: Penalreforma

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