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Código Penal

Se estima que la implementación del nuevo Código de Sistema Penal se realizará en 18 meses.

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/ diciembre 18, 2017
en Voces

Luego de un prolongado recorrido de elaboración y de varios meses de tratamiento legislativo, en el que hubo acuerdos con diferentes sectores como empresarios y transportistas, el viernes 15  fue promulgado el nuevo Código de Sistema Penal en Bolivia. “Las cosas están consumadas”, dijo el presidente en ejercicio, Álvaro García Linera, tras poner en vigencia la innovadora norma.

El Código, que con sus 681 artículos y 12 disposiciones complementarias elimina la profusión y dispersión normativa en la materia, constituye una apuesta avanzada del Estado para enfrentar problemas estructurales en la administración de justicia. Se estima que su implementación se realizará en 18 meses. Y se proyecta como un instrumento eficaz contra la retardación de justicia, la excesiva “chicana”, la corrupción en los juzgados, la cultura del pleito y la sobrecarga procesal.

En su exposición de motivos, el nuevo Código de Sistema Penal señala los pilares que lo sostienen. El más relevante es el cambio de enfoque en comparación con toda la legislación penal precedente: dejar atrás la obsesión punitiva para avanzar hacia una justicia restaurativa. Se pone énfasis también en la prevención, conciliación y la resolución pacífica del conflicto. Y la oralidad es otro salto cualitativo. Claro que, como toda ley, su aplicación depende de sus operadores.

Pese a que el Código contiene 681 artículos, dos de ellos dominaron el debate público y concentraron los reflectores mediáticos. Uno es el artículo 205, que norma las sanciones cuando se provoque daño a la salud o integridad física por mala práctica (en general). El otro es el artículo 157, que amplía las causales, libres de infracción penal, para la interrupción voluntaria del embarazo. Ambos artículos fueron objeto de movilización y conflicto.

Con relación al artículo 205, en su origen estaba orientado directamente a la “mala práctica médica”. Luego de la protesta del sector y de casi una decena de reuniones con los legisladores, se acordó el texto aprobado, con el consentimiento y firma de la dirigencia médica. Ahora esos mismos dirigentes desconocen lo que avalaron y anuncian acciones radicales, como la renuncia masiva. El paro médico generalizado, en tanto, continúa.

Respecto al artículo 157 se ha dicho lo suficiente que su propósito no es “incitar” el aborto, como falsamente sostienen voceros de las iglesias. La ampliación de causales no penalizadas para la interrupción voluntaria del embarazo busca reducir la muy alta mortalidad materna por abortos clandestinos mal practicados. Se garantiza, además, el derecho de las mujeres a decidir sobre su cuerpo en situaciones extremas.

Con su promulgación, el nuevo Código del Sistema Penal es una realidad en un contexto de crisis terminal en la administración de justicia. ¿No hay nada más que hacer? Sí, implementarlo como parte de la impostergable solución integral al problema.

en tendencia: Opinión

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