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Donde más duele

Este hecho es un episodio más de una larga historia que no quisiéramos que quede en el olvido.

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Por Lourdes Montero
/ marzo 26, 2018
en Voces

El 24 de marzo, el Dr. Iván Campero, presidente del Tribunal de Justicia Departamental de La Paz, dio un importante paso en favor de la justicia al denegar el amparo constitucional que presentó Marín Sandoval Vega en contra de los 45 representantes de la Asamblea Legislativa Departamental de La Paz, quienes lo destituyeron de la presidencia y lo suspendieron temporalmente por haber golpeado a su pareja. Con esto, la Justicia golpea a Sandoval donde más le duele: le quita su poder político y, con ello, su capacidad de intimidación.

Este hecho es un episodio más de una larga historia que no quisiéramos que quede en el olvido. El Sr. Marín Sandoval (militante del MAS) en diciembre de 2015 golpeó salvajemente a su pareja, dejándola prácticamente desfigurada. Según testimonio de su colega asambleísta Gustavo Torrico, quien visitó y prestó ayuda a la víctima, “le ha pateado en el suelo, le ha destrozado las piezas dentales”. Y cuando la mujer buscó atención médica en el Hospital de Clínicas, Sandoval la hizo sacar con la ayuda de unos policías y la devolvió a su domicilio.

Días después de la denuncia, el Sr. Sandoval se presentó en una conferencia de prensa al lado de la víctima, Litzy Rasguido, minimizando el tema. A su vez la agredida anunció que no iba a presentar una denuncia contra la autoridad departamental porque se trató de una riña familiar. “Fue un golpe, no fue más”, dijo. Sandoval admitió la agresión y pidió disculpas por ello. “Disculpas de todo corazón a todas las mujeres de Bolivia y de La Paz. Este asunto se está manejando políticamente, se le está poniendo un título muy grande a este problema”, anunció.

Uno de los avances de la Ley 348 es que establece que la violencia contra la mujer es un delito de orden público, en cuanto suponen una amenaza o un atentado grave a un interés fundamental de la sociedad: proteger la dignidad e integridad física de las personas que la integran. Por ello, una denuncia de violencia de género no depende de la voluntad de querella de la víctima, y lo que corresponde si ésta no presenta denuncia es continuar con las investigaciones por parte de la Fiscalía.

Frente al desistimiento de Rasguido, su madre, Noemí Paz, sostuvo la denuncia, y el Juez 3° de Instrucción en lo Penal dispuso la detención preventiva de Marín Sandoval por violencia familiar. Sin embargo, meses después la madre y el acusado firmaron un acuerdo conciliatorio que fue llevado ante la Fiscalía, y ésta elevó a consideración del juez, quien homologó la conciliación y abrió las puertas para que Sandoval recupere su libertad. La abogada Paola Barriga, quien patrocinaba a la madre de la víctima, manifestó que el acuerdo de conciliación ofrecido a la autoridad jurisdiccional sería producto de una serie de presiones de parte de la víctima y del acusado.

Esto generó una ola de críticas y denuncia de la actuación de la fiscal Karina Cuba, por su insólita resolución de archivar el caso y que se extinga la acción penal, pese a las pruebas del delito cometido. La fiscal no solo aceptó como válida el acta de conciliación, sino que además solicitó la libertad del asambleísta Sandoval, pese a que la Ley 348 prohíbe expresamente conciliaciones.

Por toda esta cadena de injusticias, evidentes presiones del asambleísta hacia las víctimas (madre e hija) y, sobre todo, por la jurisprudencia que marca en los temas de violencia de género, hay que celebrar y hacer pública la resolución del Tribunal de Justicia Departamental de La Paz.

*es cientista social.

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