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Escalier: Arias incumple fallo judicial e incurre en cuatro delitos por cierre del Sitram

La Sala Constitucional Cuarta ratificó la validez de la elección del 2 de julio y dio por cumplida la Resolución Constitucional 149/2025.

El alcalde de La Paz, Iván Arias. FOTO: GAMLP

El alcalde de La Paz, Iván Arias. FOTO: GAMLP

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Por Rosío Flores
La Paz / agosto 16, 2025
en Ciudades

El alcalde de La Paz, Iván Arias incurre en al menos cuatro presuntos delitos al mantener cerrado el Sistema de Trámite Municipal (SITRAM) y desconocer el fallo judicial que ratifica la elección de la Directiva del Concejo Municipal del 2 de julio, según el concejal opositor Javoer Escalier.

El legislador explicó que el alcalde paceño comete abuso de autoridad, incumplimiento de deberes, incumplimiento a fallos judiciales y desobediencia a la autoridad.

Señaló que la conducta del alcalde vulnera la separación de funciones entre el órgano ejecutivo y el legislativo, principio fundamental en los gobiernos municipales.

“El alcalde ha cortado un servicio esencial como es el Sitram, que es una herramienta de acceso ciudadano para trámites, inspecciones y reclamos. Esto es un claro abuso de autoridad, porque usa el poder público de manera indebida, perjudicando a la población”, afirmó.

Por ello, dijo, esta conducta está tipificada como abuso de autoridad. “Este delito se comete cuando una persona en posición de poder, en este caso el alcalde, que es un funcionario público, utiliza sus atribuciones de manera indebida. Se excede o desvía sus funciones para obtener beneficios personales. En esencia, es el mal uso del poder que se ha conferido”.

INCUMPLIMIENTO DE DEBERES

El concejal explicó que esta misma acción encaja también en el delito de incumplimiento de deberes. “El Alcalde tiene la obligación legal de mantener los servicios administrativos en funcionamiento. Al cerrarlos arbitrariamente y no remitir la documentación que la Ley le exige al Concejo, incumple sus deberes y perjudica tanto al Estado como a terceros”.

Escalier recordó que el fallo judicial que reconoce la directiva del Concejo —presidida por Lourdes Chambilla, con Lucio Quispe como secretario y Joseline Pinto como vicepresidenta— es de cumplimiento inmediato.

“Cuando una autoridad se niega a acatar una decisión judicial firme, incurre en incumplimiento a fallos judiciales y desobediencia a la autoridad. El artículo 179 bis del Código Penal establece penas de dos a seis años de cárcel para los servidores públicos que no cumplan resoluciones emitidas en acciones de defensa”, advirtió.

FALLO JUDICIAL

Lamentó que, pese a que la Sala Constitucional Cuarta ratificó la validez de la elección del 2 de julio y dio por cumplida la Resolución Constitucional 149/2025, Arias y su bancada hayan intentado forzar una nueva elección para que un aliado político asuma la presidencia, desoyendo las determinaciones emanadas de una Sala Constitucional.

Lea también: Concejales de Arias desobedecen el fallo e intentan forzar otra elección

“Ya no hay excusas. La justicia cerró este debate y ordenó respetar la directiva. Si el alcalde y sus concejales insisten en este desacato, serán responsables penal y políticamente. No cabe un golpe institucional en estas épocas”, subrayó.

Finalmente, Escalier adelantó que, de persistir el incumplimiento, se notificará formalmente a la autoridad que emitió el fallo para que disponga medidas coercitivas. Incluso el uso de la fuerza pública o la aplicación de multas progresivas, y remita el caso al Ministerio Público para el inicio de la acción penal correspondiente.

en tendencia: Incumplimiento a fallo judicialIvan Arias

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