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Vence el primer plazo de pago del IGF; quien lo incumpla, pagará 200% del tributo omitido

Las personas nacionales o extranjeras que no residen en el país, pero poseen en Bolivia una fortuna neta mayor a Bs 30 millones, deben pagar el IGF hasta el último día hábil de abril.

Vence
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Por Yuri Flores
La Paz / marzo 28, 2024
en Economía y Empresa

Este jueves vence el primer plazo para el pago del Impuesto a las Grandes Fortunas (IGF); quienes lo incumplan, serán multados con un 200% del tributo omitido, informó el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN).

Las personas naturales, residentes en el país, con una fortuna neta acumulada, situada o colocada en el territorio nacional y/o en el exterior mayor a Bs 30 millones, tienen plazo hasta este jueves 28 de marzo de 2024 para declarar y pagar el IGF.

Lea también: El 28 de marzo vence el primer plazo para el pago del Impuesto a las Grandes Fortunas

Según el artículo 15 de la Ley 1357, del IGF, la multa por incumplir el pago de este impuesto es equivalente al 200% del tributo omitido.

Además, en ejecución tributaria, perderán el carácter reservado de la información, y la Administración Tributaria podrá requerir el pago de la deuda tributaria mediante publicación en un medio de comunicación.

En este mismo sentido, las personas nacionales o extranjeras que no residen en el país, pero poseen en Bolivia una fortuna neta mayor a Bs 30 millones, deben pagar el IGF hasta el último día hábil de abril de este año.

Pago

Para declarar y pagar el IGF, se debe ingresar en la página web www.impuestos.gob.bo, Sistema Integrado de la Administración Tributaria (SIAT), Portal Servicio al Contribuyente, Menú IGF y Formulario 022 “Impuesto a las Grandes Fortunas–Personas Naturales Residentes”.

Los contribuyentes radicados en Bolivia pueden pagar el impuesto determinado en efectivo o mediante instrumentos electrónicos habilitados por la Administración Tributaria.

Según el artículo 9 del Decreto Supremo 4436, cuando el IGF se pague desde el exterior, el contribuyente determinará y abonará en dólares estadounidenses a la cuenta habilitada para el efecto por el SIN.

 El Gobierno aprobó el 30 de diciembre de 2020 el Decreto Supremo 4436, que reglamenta la Ley 1357 de creación del IGF.

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