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¿Quiénes pueden acceder al refinanciamiento y reprogramación de créditos? Asfi explica

La directora de la Asfi, Ivette Espinoza, explicó los requisitos que deben presentar las personas y el plazo que tienen las entidades financieras para atender las solicitudes.

créditos

La directora de la Asfi, Ivette Espinoza.

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Por Erika Ibáñez
La Paz / abril 6, 2025
en Economía y Empresa

La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (Asfi) emitió el viernes la Carta Circular 944, que instruye a las entidades financieras la reprogramación o refinanciamiento de créditos de prestatarios afectados por fenómenos naturales. La entidad explicó este domingo a quiénes está dirigido el beneficio y los requisitos que deben presentar.

La directora de la Asfi, Ivette Espinoza, informó que la reprogramación de un crédito “es cuando cambian cualquiera de las condiciones del contrato, el plazo, por ejemplo, que te permite que tu cuota sea menor, o el interés u otros”.

La reprogramación posibilita el pago del crédito en un plazo mayor y por eso una reducción en la cuota.

En cambio, el refinanciamiento es un financiamiento adicional al crédito, que incrementa el monto de la operación original. El refinanciamiento implica recibir fondos adicionales.

Espinoza explicó que las personas afectadas por inundaciones producto de las intensas lluvias pueden pedir la reprogramación o refinanciamiento en las entidades financieras para buscar su recuperación financiera.

¿Quiénes pueden acceder al beneficio? Espinoza informó que “cualquier persona, independientemente del sector o de la actividad que realice, que ha sido afecta por el tema de las inundaciones puede ir a la entidad financiera para solicitar una reprogramación o un refinanciamiento”.

Lea más: La Asfi instruye a la banca reprogramar o refinanciar créditos de prestatarios afectados por fenómenos naturales

Créditos

Indicó, además, que cada entidad financiera deberá realizar una evaluación de cada uno de los prestatarios de manera individual, cuál es su situación y cómo ha sido afectado.

“Luego, dependiendo de esa evaluación, se pueden incluir periodos de gracia o de prórroga; es decir, durante el tiempo que se evalúe a la persona, ésta puede estar exenta de pagar capital e intereses”, explicó en Bolivia Tv.

Aclaró que la reprogramación de créditos no implicará un cambio en la calificación del deudor.

Una vez hecha la solicitud de reprogramación o refinanciamiento, la entidad bancaria tiene 30 días calendario para responder al cliente; y Espinoza remarcó que el personal debe ofrecer trato equitativo y no discriminatorio a todas las personas que hagan la solicitud.

Respecto a los requisitos, informó que ya no se requiere la presentación de muchos documentos; pues desde octubre del año pasado la Asfi emitió una carta circular para establecer un formulario único para solicitudes de reprogramación o refinanciamiento.

“En el formulario se explica qué cosas debe demostrar para poder sustentar que su generación de ingresos ha sido afectada por estos hechos y en 30 días deben darle una solución. Durante ese tiempo, no debería pagar ni intereses ni capital; de esa manera no corre riesgo de que hasta que le den la solución podría estar entrando en mora y eso le perjudicaría”.

en tendencia: Asficréditos bancariosInundacionesLluvias

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