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Senado devuelve a Diputados proyecto de ley de diferimiento de créditos

Diputados debe revisar las modificaciones. Si las aprueba, la norma queda sancionada, si las rechaza debe analizarse en el pleno de la Asamblea Legislativa.

diferimiento

Una sesión de la Cámara de Senadores. Foto: Senado

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Por Erika Ibáñez
La Paz / octubre 22, 2025
en Economía y Empresa

La Cámara de Senadores devolvió este miércoles a la Cámara de Diputados el proyecto de ley N.º 547/2024-2025 de diferimiento de créditos para que revise las modificaciones hechas.

La semana pasada, el Ministerio de Economía objetó las modificaciones y observó error en el procedimiento, pues la norma debía ser devuelta a la cámara de origen antes de su sanción.

El pasado 15 de octubre, el Senado sancionó el proyecto de ley y lo remitió al Órgano Ejecutivo para su promulgación, pese a que introdujo modificaciones al documento inicial aprobado en Diputado el 12 de septiembre.

El ministro de Economía, Marcelo Montenegro, advirtió el error procedimental del Senado y dijo que con los ajustes introducidos redujeron el universo de beneficiarios de 1,4 millones de prestatarios a menos de 45.000. Además de alterar las condiciones del beneficio, ya que los prestatarios tendrán que pagar intereses.

Lea más: Ley de Diferimiento: Economía objeta cambios y dice que reduce beneficiarios

Revisión

Explicó que el Senado reemplazó la figura del “diferimiento” (aplazamiento temporal del pago de cuotas sin intereses de mora ni afectación al historial crediticio) por la de “periodo de gracia”, tanto en el título del proyecto de ley y en los artículos 1 y 3 del proyecto aprobados por la Cámara de Diputados, y redujo el alcance de la medida únicamente a deudores.

El proyecto original, elaborado por el Órgano Ejecutivo y aprobado por Diputados, establecía que las entidades financieras debían diferir automáticamente por seis meses el pago de cuotas de créditos de vivienda de interés social y de micro y pequeñas unidades económicas, incluyendo capital, intereses, seguros, comisiones y otros cargos.

Además, bajo la figura del periodo de gracia, los intereses deberán cancelarse, a diferencia del diferimiento, según un reporte de ABI.

Montenegro subrayó que esas son modificaciones sustanciales, no simples enmiendas, y recordó que el reglamento legislativo dispone que, en tales casos, el proyecto debe volver a la Cámara de origen para su reconsideración.

Tomando en cuenta los criterios del Ejecutivo, la senadora Natividad Aramayo solicitó este miércoles al pleno del Senado la “reconsideración del decreto de sanción del proyecto de ley” y se lo devuelva a Diputados para que revise las modificaciones realizadas, en aplicación del artículo 131 del Reglamento General de la Cámara de Senadores.

Si Diputados acepta, por mayoría absoluta de los miembros presentes, las enmiendas o modificaciones se darán por aprobadas en el proyecto ley.

En caso de que no las acepte, las dos cámaras se reunirán a requerimiento de la cámara de origen dentro de los veinte días siguientes y deliberarán sobre el proyecto.

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